Cobra una propina de 200 euros en una discoteca de Ibiza, la despiden y consigue una indemnización
Alteró un ticket de la caja para que apareciera este cargo, pero la justicia califica el despido como “desproporcionado”

Bebida alcohólica de tequila servida en vaso adornado con una rodaja de limón al lado de la camarera que sirve.
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Una trabajadora de una conocida discoteca de Ibiza vivió una batalla judicial tras ser despedida por alterar un ticket de caja para que apareciera una propina de 200 euros, supuestamente aportada por un cliente VIP. La empresa consideró la acción como una falta muy grave y rescindió su contrato de forma inmediata. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Palma de Mallorca (TSJ) ha declarado que este despido fue desproporcionado y, por tanto, improcedente, señalando que no existió perjuicio económico para el local.
La controversia en la discoteca
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La trabajadora, contratada como cajera bajo un contrato fijo discontinuo con un salario de 65,15 euros diarios, explicó en los tribunales que el cambio en el ticket se realizó a petición de un compañero, sin informar a sus superiores. Esto ocurrió en junio de 2019 y la alteración consistía en incrementar la propina reflejada para ajustarla a lo solicitado por un cliente VIP. La empresa argumentó que esta acción supuso un descuadre en la caja y una falta grave que afectaba gravemente la imagen del establecimiento.
Los responsables del local consideraron que la trabajadora debía haber comunicado la propuesta de falsificación a su jefe de zona. La falta de esta comunicación fue interpretada como un "ánimo de ocultación". Por ello, el despido le fue notificado apenas unos días después, el 2 de julio de 2019.

Camarera trabajando detrás del mostrador de un bar
Frente a esta decisión, la empleada recurrió judicialmente. Alegó que actuó siguiendo las órdenes del maître y negó cualquier intención de causar daño a la empresa. Reclamó la nulidad o improcedencia del despido y solicitó una indemnización por daños morales.
En primera instancia, el Juzgado de lo Social número 1 de Ibiza dio la razón a la empresa y declaró el despido procedente, basándose en que la ocultación del descuadre violaba el deber de buena fe contractual. Además, el juzgado desestimó que una grabación realizada sin conocimiento de la trabajadora vulnerara sus derechos, dado que ella ya había reconocido los hechos.
Justicia corrige la sanción
La situación dio un giro cuando el Tribunal Superior de Justicia de Baleares revisó el caso y calificó el despido como improcedente. Aunque se reconoció que la alteración del ticket fue una irregularidad, la sentencia destacó que no hubo daño económico para la empresa ni para el cliente, quien pagó un total de 2.000 euros, incluyendo la propina.

Sirviendo cerveza de un grifo en un pub
El TSJ subrayó que la valoración de una falta grave debe contextualizarse en cada situación, teniendo en cuenta que la trabajadora no tenía antecedentes sancionadores, que siguió indicaciones de un compañero y que no actuó en beneficio propio. Tampoco quedó probado que la propina fuera “forzada” ni que la empleada intentase ocultarla.
El tribunal concluyó que el despido fue una sanción excesiva y desproporcionada. Por ello, condenó a la empresa a indemnizar a la trabajadora conforme al artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores. La sentencia permitió además un recurso de casación ante el Tribunal Supremo para unificar doctrina.
Este caso es un ejemplo de cómo la justicia puede equilibrar la protección de los derechos laborales frente a decisiones empresariales que no se ajustan a la proporcionalidad, especialmente cuando no existe un perjuicio económico claro.
El desenlace de este caso recalca la importancia de la buena fe y la proporcionalidad en el ámbito laboral, y cómo un error que en principio parecía grave, terminó resolviéndose a favor del trabajador. La justicia laboral española continúa sentando precedentes en casos donde las sanciones empresariales deben respetar la equidad y los derechos fundamentales de los empleados.