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Detenidos dos jóvenes por okupar una vivienda en Ibiza

La propietaria, actualmente fuera de la Isla, confirmó que la vivienda no estaba alquilada

En Baleares hay una instrucción del fiscal que autoriza, desde julio de 2019, los desalojos en casos de allanamiento de morada o usurpación

Policía Nacional

Ibiza

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 11:31

Agentes de la Policía Nacional han detenido en Ibiza a dos hombres españoles de 22 años, presuntos autores de un delito de allanamiento de morada en una vivienda situada en Talamanca.

Según ha informado la Policía en un comunicado, los hechos sucedieron el 22 de enero sobre las 18.00 horas cuando los agentes fueron avisados de que se había activado la alarma de una vivienda y se encontraban personas en el interior que no eran los propietarios.

Los policías se entrevistaron con los vigilantes de seguridad que se hallaban en la zona y con un matrimonio conocido de los propietarios de la casa presuntamente allanada.

Los vigilantes habían recibido aviso de su central de alarmas y, al introducir la llave de acceso en el bombín, observaron cómo la cerradura estaba manipulada y la puerta forzada y había personas en el interior. Los agentes accedieron a la vivienda y los ocupantes aseguraron entonces que tenían un contrato de arrendamiento.

Tras realizar las investigaciones oportunas, se confirmó conla propietaria, actualmente fuera de la Isla, que se trataba de una segunda vivienda y que no estaba alquilada, por lo que se procedió a la detención de los dos varones, que se negaron en todo momento a abandonar el lugar.

Los presuntos autores fueron puestos a disposición judicial.

En Baleares hay una instrucción del fiscal que autoriza los desalojos

Desde julio de 2019 una instrucción emitida por el fiscal superior de Baleares, Bartolomé Barceló, autoriza a las fuerzas de seguridad a desalojar una vivienda sin intervención de un juez. Los agentes están legalmente amparados para abrir la puerta y expulsar a los okupas, lleven allí el tiempo que sea. Incluso los pueden detener.

La decisión del fiscal Barceló parte de la interpretación de los artículos del Código Penal que tipifican las distintas variables de la ocupación de vivienda ajena, ya sea allanamiento de morada o usurpación . Cuando la ocupación incurre en delito el fiscal interpreta que la policía puede irrumpir en un inmueble igual que haría en cualquier supuesto.

Según la instrucción “Los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad actuarán directamente y de forma inmediata sin necesidad de solicitar medidas judiciales”.

No importa si es primera o segunda residencia o si han pasado meses desde que la vivienda fue ocupada. Se trata de un delito de “allanamiento de morada flagrante” y en cuanto un cuerpo policial recibe una denuncia “debe proceder directamente y de forma inmediata al desalojo de los terceros ocupantes”.

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