El TSXG reconoce la incapacidad permanente total a un mecánico naval de Ferrol tras un accidente laboral
Ha declarado al trabajador en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual, derivada de un accidente de trabajo sufrido en 2019

Foto de archivo de trabajos en el astillero de Navantia Ferrol
Ferrol - Publicado el
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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado parcialmente el recurso de suplicación interpuesto por un mecánico naval de Ferrol, revocando parcialmente una sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Ferrol.
El TSXG ha declarado al trabajador en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual, derivada de un accidente de trabajo sufrido en 2019.
El demandante sufrió un accidente laboral el 27 de marzo de 2019, mientras trabajaba para la empresa M. Blanco SL, consistente en un sobreesfuerzo que le produjo lumbalgia.
Permaneció en situación de incapacidad temporal hasta el 15 de septiembre de 2020. Tras solicitar la declaración de incapacidad permanente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se la denegó inicialmente.
El informe médico del diagnosticó al trabajador estenosis congénita de canal raquídeo, abombamiento discal L5-S1, lumbalgia (derivada del accidente de trabajo), y ansiedad reactiva, con limitaciones funcionales de lumbalgia leve y pendiente de valoración en la unidad de columna.
El juzgado de instancia desestimó la demanda, pero el TSXG ha estimado parcialmente el recurso del trabajador.
El tribunal de suplicación ha añadido al relato de hechos probados que el trabajador impugnó el alta médica, siendo desestimada su demanda por el juzgado de lo social, que constató que el tratamiento quirúrgico estaba descartado y el tratamiento era analgésico a demanda de carácter residual y no curativo.
También se añade que el trabajador no ha retomado la actividad laboral desde el accidente y presenta dolor lumbar crónico con irradiación a las piernas, claudicación a los 150 metros y limitación para actividades diarias.
El TSXG considera que, si bien la dolencia no es suficiente para una incapacidad permanente absoluta, sí lo es para la total en su profesión habitual de mecánico naval.
El tribunal argumenta que esta profesión conlleva cargas lumbares, esfuerzos físicos, posturas forzadas y bipedestación sostenida, lo que resulta incompatible con la lumbalgia crónica que padece el demandante y su claudicación al caminar.
En cuanto a la contingencia, el TSXG establece que la incapacidad permanente deriva del accidente de trabajo, ya que la situación del trabajador se agravó tras el sobreesfuerzo, pese a padecer una estenosis congénita preexistente.
En consecuencia, el TSXG revoca parcialmente la sentencia de instancia, declarando al demandante en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual derivada de accidente de trabajo y condenando a los demandados (INSS, TGSS, Mutua Fremap y M. Blanco SL) al abono de las prestaciones correspondientes, con arreglo a la base reguladora establecida.
La resolución puede ser recurrida en casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.



