Una sentencia obliga a una comunidad de propietarios de Cariño a reparar filtraciones en vivienda y daños ocasionados
El Juzgado de Ortigueira estima íntegramente la demanda de un propietario afectado por filtraciones recurrentes

Foto de archivo de Cariño
Ferrol - Publicado el - Actualizado
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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Ortigueira ha emitido una sentencia en la que estima totalmente la demanda presentada por un propietario contra la comunidad de propietarios de su edificio en Cariño, obligando a la comunidad a llevar a cabo las reparaciones necesarias para detener las filtraciones de agua que afectan a su vivienda y a reparar la totalidad de los daños causados, tanto directos como estéticos.
La demanda se basaba en el Código Civil y en el la Ley de Propiedad Horizontal, alegando el propietario que desde la adquisición de la vivienda había sufrido continuas filtraciones de agua a través de la puerta de acceso a la terraza delantera, debido a deficiencias en el desagüe y en el encuentro entre el suelo de la terraza comunitaria de uso privativo y la fachada del inmueble.
Un informe pericial aportado por el demandante valoraba los daños directos en 488,84 euros y estimaba en 1.200 euros los trabajos necesarios para reparar la causa de las filtraciones (aumento del diámetro del desagüe e impermeabilización del encuentro con la fachada).
La comunidad de propietarios, en su contestación, alegó que la causa de las filtraciones era una alteración realizada por el propio demandante en el suelo de la terraza, colocando plaqueta y tapando parcialmente el desagüe. Sin embargo, durante la vista, la perito judicial ratificó el informe del demandante, señalando que la causa principal era el mal encuentro entre el suelo de la terraza y la fachada, sin que influyera el material del suelo, que además era anterior a la adquisición de la vivienda por el demandante en 2018.
Un testigo propuesto por la comunidad reconoció que el suelo de la terraza no era el original y que ya existían problemas de filtraciones antes de la colocación de la nueva plaqueta. Además, se constató que, si bien la comunidad había realizado algunas reparaciones, estas no habían consistido en la impermeabilización de la terraza en su encuentro con la fachada.
Ante la prueba presentada, la magistrada concluyó que quedaba acreditado que los daños en la vivienda del demandante eran provocados por deficiencias en elementos comunes del edificio, cuya correcta conservación y mantenimiento es responsabilidad de la comunidad de propietarios. Por lo tanto, estimó íntegramente la demanda, declarando la obligación de la comunidad de realizar los trabajos necesarios para evitar futuras filtraciones y reparar los daños existentes.