Confirman en Extremadura la condena al hombre que asestó 35 puñaladas a su pareja

La justicia desestima el recurso del condenado por intento de asesinato y confirma la "brutalidad" y el móvil machista de la agresión

Agente de la Guardia Civil.

Europa Press

Agente de la Guardia Civil.

Redacción COPE Extremadura

Mérida - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha confirmado la pena de doce años de prisión para un hombre acusado de un delito de asesinato en grado de tentativa, con las agravantes de género y parentesco, por asestar 35 puñaladas a su pareja. La Sala desestima así el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz, al considerar que no existen los atenuantes de confesión ni de reparación del daño que alegaba la defensa.

Una agresión "brutal" por celos

Los hechos ocurrieron el 9 de abril de 2022 en el domicilio familiar tras una discusión motivada por los celos. La sentencia indica que el condenado agredió “brutalmente” a su pareja, asestándole 35 puñaladas en zonas vitales como el rostro, el cuello y el tórax, además de golpearla. Como consecuencia, la víctima sufrió lesiones graves y secuelas físicas y psicológicas, pero sobrevivió gracias a la intervención de los servicios de emergencia alertados por una vecina.

Otras penas impuestas

Además de los 12 años de cárcel, la sentencia impone la prohibición de aproximación a la víctima a menos de 500 metros y de comunicación por un periodo de 22 años. El tribunal también le ha privado del derecho de patria potestad sobre su hija menor y ha establecido una medida de libertad vigilada de cinco años. En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a la víctima con 50.000 euros más los intereses legales.

Móvil machista

El Tribunal subraya la gravedad de la agresión y la intencionalidad homicida, destacando la existencia de un móvil discriminatorio por razones de género. Este hecho, según la sentencia, quedó reflejado en expresiones del condenado como “si no eres mía, no eres de nadie”.

La sentencia, no obstante, no es firme. Contra ella cabe interponer un recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Las costas procesales del recurso de apelación han sido impuestas al condenado.

Este contenido ha sido creado por el equipo editorial con la asistencia de herramientas de IA.

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