Aprobada la modificación de la ordenanza de circulación para regular el uso de VMP en la capital
Contempla sanciones de entre 50 y 500 € para las infracciones muy graves en el uso de estos vehículos, que se podrán conducir desde los 15 años por vías ciclistas o calzadas

Vehículo de Movilidad Personal
Madrid - Publicado el - Actualizado
2 min lectura
El pleno del Ayuntamiento de Guadalajara ha aprobado hoy, con los votos a favor de PSOE, Ciudadanos, PP, Unidas Podemos, Vox y la abstención de Aike, la modificación de la ordenanza de circulación para regular el uso en la capital de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP). Pertenecen a este grupo los ciclos, bicicletas de pedales con pedaleo asistido y ciclos de pedaleo asistido, considerados por la DGT como vehículos a todos los efectos.
El texto establece, entre otras normas, que la edad mínima para conducir este tipo de vehículos es de 15 años. Además, los menores de 16 años que circulen en bicicleta en vías urbanas deberán llevar casco, cuyo uso es recomendable para los mayores de edad que circulen tanto en bicicleta como en VMP.
Este tipo de vehículos circulará preferentemente por vías ciclistas, y de no existir éstas, por la calzada, quedando prohibido su uso por aceras, espacios y calles peatonales, plazas, parques y paseos.
Los conductores de vehículos a motor deberán respetar la circulación de estos, estableciéndose distancias de separación con respecto a los mismos que serán de 1,5 metros al adelantar y de 5 metros cuando circulen por detrás.
La ordenanza también regula su estacionamiento en los espacios que se acondicionarán a tal fin, y prohibido fuera de estos lugares; en la zona ORA; en las salidas de emergencia de los locales, el amarre a farolas u otros elementos de mobiliario urbano.
Sanciones entre 50 y 500 euros para infracciones muy graves
La normativa incluye un régimen sancionador con denuncias cuyo importe oscila entre los 50 y 500 euros en los casos de infracciones muy graves contempladas en los códigos de circulación. No obstante, cuando el texto de la nueva ordenanza sea definitivo, el Ayuntamiento pondrá en marcha una campaña informativa y de concienciación dirigida a toda la población.
Por otra parte, contempla igualmente las actividades económicas que deriven de la utilización de estos vehículos, como alquiler sin conductor , y aquellas destinadas a turismo y ocio.
Tras la aprobación inicial de hoy, el texto se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, BOP, por un período de 30 días hábiles para presentar alegaciones y, en caso de no haberlas, se procederá a su publicación definitiva tras un nuevo plazo de 15 días a exposición pública. Será entonces cuando la modificación entre en vigor.



