Salud levanta la prohibición de fumar en terrazas, pero aumenta la distancia de seguridad
No se podrá fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se respete una distancia mínima de 2 metros

Miguel Prieto explica las nuevas restricciones para fumadores
Asturias - Publicado el - Actualizado
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Buenas y malas noticias para los fumadores asturianos: A partir de este sábado dejará de estar prohibido fumar en las terrazas de hostelería, pero, al mismo tiempo se endurecen las condiciones para poder fumar en cualquier espacio público, incrementando la distancia interpersonal para poder hacerlo.
La nueva normativa que aprobará este viernes el Consejo de Gobierno ya no incluirá, como hasta ahora, la mención expresa a las terrazas, pero recoge la prohibición de fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros. Esta limitación será aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados
Es una de las medidas adelantadas este jueves por la directora general de Salud Pública, Lidia Clara Rodríguez, y el jefe de Alertas y Emergencias Sanitarias de la Consejería de Salud, Miguel Prieto, que serán aprobadas el viernes por el Consejo de Gobierno y entrarán en vigor a las 00:00 horas del 5 de marzo.
Los cambios pretenden adaptar las restricciones a la evolución de la situación epidemiológica, con una clara tendencia decreciente en las últimas semanas. Además de las nuevas normas para los fumadores, también se incluye en la resolución:
Uso de medidores de CO2 en interiores
Los espacios interiores de los establecimientos de uso público en los que el uso de mascarilla no se pueda mantener de forma continuada debido a la actividad que en ellos se desarrolla deben contar con medidores de CO2. Los locales a los que afecta esta medida son:
Asimismo, se recomienda el uso de estos dispositivos en los interiores de establecimientos en los que los usuarios no tengan obligación de usar la mascarilla, tales como ludotecas, guarderías, academias y actividades similares.
El medidor de CO2 debe estar situado en un lugar visible para los clientes y alejado de la puerta o las ventanas. En ningún momento debe superar las 800 ppm, aunque es conveniente tratar de mantener dicha concentración por debajo de 700 ppm.
Respecto al uso de la mascarilla en la pista de baile, sigue siendo obligatorio y se aplicará lo dispuesto en la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, así como en la normativa que la desarrolle y en los acuerdos obligatorios del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
En actuaciones musicales en directo deberá mantenerse una distancia de cuatro metros entre los músicos y el público, y se garantizará siempre la utilización obligatoria de mascarilla, además de cumplirse las medidas de higiene de manos e higiene respiratoria.
Uso de mascarilla
El uso de la mascarilla será obligatorio en espacios interiores según lo dispuesto en la Ley 2/2021, de 29 de marzo, y en la normativa que la desarrolle y en los acuerdos obligatorios del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
Eliminación de las cuarentenas
A partir del 5 de marzo se eliminan las cuarentenas de contactos estrechos, con independencia de su situación vacunal, según se acordó en la última Comisión de Salud Pública.
Respecto a los contactos estrechos de los casos confirmados se recomienda que, durante los 10 días posteriores a la última exposición, se extremen las precauciones y reduzcan todo lo posible las interacciones sociales utilizando de forma constante la mascarilla y manteniendo una adecuada higiene de manos. En este sentido, se aconseja evitar, especialmente, el contacto con personas vulnerables.



