Come en un restaurante y se lleva una sorpresa al ver el plato que le han cobrado sin consumirlo ni pedirlo: es totalmente legal en España

El usuario Soy Camarero ha subido a redes una cuenta que ha dejado indignados a muchos debido a lo que le cobran: muchos piensan que eso no es legal

Comensales en la mesa

Luis Calabor

Madrid - Publicado el

3 min lectura

Ir a comer fuera debería ser una experiencia agradable, pero a veces la cuenta final nos deja con una ceja levantada. Un importe inesperado, un concepto extraño o un cargo que no sabías que existía puede convertir una comida tranquila en una pequeña decepción. Y es que muchos comensales han vivido alguna vez esa sensación de revisar la factura y preguntarse: ¿esto por qué me lo han cobrado?  

Esto es precisamente lo que le ha ocurrido a un cliente que, tras visitar un restaurante, compartió en redes sociales su sorpresa (y enfado) al descubrir que le habían cobrado un producto que ni pidió ni consumió. La publicación se ha hecho viral y ha reabierto un debate muy presente en la hostelería: ¿es legal que te cobren el pan sin haberlo pedido?

¿Te pueden cobrar el pan si no lo pides ni lo consumes?

La polémica salta gracias a Jesús Soriano, más conocido en redes como @SoyCamarero, un popular perfil que denuncia prácticas cuestionables en bares y restaurantes. Uno de sus seguidores compartió la imagen de una cuenta en la que se cobraban 2,10 euros por el pan, a pesar de que asegura no haberlo pedido ni tocado.

Las reacciones no se han hecho esperar. Mientras algunos defienden al restaurante asegurando que “si el precio está en la carta, es legal”, otros consideran que no se puede cobrar algo que no se ha solicitado. Incluso hay quien asegura que en esa situación “se iría sin pagar esa parte”.

Pero ¿quién tiene razón? ¿Puede un restaurante cobrar por algo que pone sobre la mesa sin consultarte antes?

¿Es legal que te cobren el pan que no has pedido ni has consumido?"

La cuenta de X de @SoyCamarero

Sí, te pueden cobrar el pan aunque no lo hayas pedido 

Aunque muchos lo desconocen, la ley permite a los restaurantes cobrar el pan, el hielo o el aperitivo, incluso si no han sido expresamente solicitados, siempre y cuando informen del precio previamente. Es decir, el cobro es totalmente legal si ese producto aparece claramente en la carta o en el menú del día, según confirma la OCU.

Así lo indica la normativa vigente: los establecimientos de hostelería deben mostrar todos los precios de forma clara y visible. Si lo hacen, y tú decides no rechazar el producto cuando te lo sirven, están en su derecho de incluirlo en la cuenta final.

Te deben de mostrar el precio del pan antes de nada

Por eso, si no quieres pagar el pan, la mejor opción es avisar al camarero en cuanto lo pongan sobre la mesa para que lo retiren. De lo contrario, podrías encontrártelo al final reflejado en el ticket, aunque no hayas dado ni un bocado.

En algunos casos, como en Asturias, la ley específica (Decreto 32/2003) establece que el pan forma parte del menú del día junto con al menos dos platos, una bebida y un postre. Aquí el precio es cerrado, y no hay opción de evitar el cobro del pan, aunque no lo consumas.

Este tipo de regulaciones pueden variar entre comunidades autónomas, pero la clave está siempre en la transparencia del restaurante. Si el precio está especificado, el establecimiento no está cometiendo ninguna ilegalidad.

Alamy Stock Photo

Una cuenta de bar o comida pagada que se dejó en una fuente con un recibo en la mesa de un restaurante. El cliente pagó en euros y dejó una propina.

En la misma cuenta viral, el cliente también denuncia el precio de una botella de medio litro de agua a tres euros. Aunque el importe puede parecer desproporcionado, sobre todo si lo comparamos con el precio de un litro de gasolina, también es legal si aparece indicado en la carta.

La recomendación es la misma: revisar bien la carta antes de pedir. No solo para evitar sorpresas, sino también para poder reclamar con argumentos si algo no se corresponde con lo anunciado.

Comer fuera debería ser un placer, no una fuente de disgustos. Y aunque algunas prácticas puedan parecer abusivas, la clave está en la información previa y la comunicación con el personal del restaurante. Porque, en España, sí: te pueden cobrar por ese pan que no tocaste... siempre que lo hayan hecho bien.