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Cestas, rifas y otros sorteos relacionados con la Lotería de Navidad

Un empresario de Castellón sortea una cesta de Navidad valorada en 233.000 euros, solo necesitas que la papeleta coincida con el Gordo. ¿Y si te toca?

UNA VIVIENDA, UN PORSCHE Y LINGOTES DE ORO, LA MAYOR CESTA NAVIDEÑA DEL MUNDO

Esta particular cesta de Navidad se rifó en 2014 valorada en 400.000 euros. EFE archivoJavier Belver

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Tiempo de lectura: 3'Actualizado 02:48

Que levante la mano quién no ha comprado al compañero de trabajo o al vecino, una papeleta del equipo de fútbol del niño o para la excursión de fin de curso, que si el número coincide con el gordo de la Navidad, te toca una cesta, una tele o hasta un viaje.

Ni una mano al aire. Todos hemos comprado alguna vez una de estas papeletas. Lo cierto es que ahora coinciden estas rifas tradicionales y modestas como la de tu peluquería, que ofrece una botella de sidra y unas pastillas de turrón, con sorteos que quitan el sentido y que pueden hacer tanta ilusión como el Gordo.

UN BMW SOBRE UN TEJADO ANUNCIA UN SORTEO DE UNA CESTA DE NAVIDAD DE 350.000

Los propietarios del restaurante Mariano de Calamocha (Teruel), posaban en 2013 junto a la enorme cesta de Navidad valorada en 350.000 euros y que incluye entre otros productos 4,250 kilos de oro, dos coches y viajes a la Patagonia o a Orlando. EFEAntonio García

Es lo que va a ocurrir este año con el sorteo que realiza un empresario de Castellón: una cesta de Navidad valorada en más de 233.000 euros libres de impuestos y que incluye un crucero de lujo, un Mercedes Clase A y 48.000 euros en lingotes de oro. Para ser el afortunado el número de tu boleto debe coincidir con el primer premio del sorteo extraordinario de Navidad de Lotería Nacional "si no coincide con el primero, será el segundo y si no, el tercero, cualquiera que compre una papeleta tiene tres oportunidades. Alguien se lo lleva seguro", afirma el promotor Javier Piquer que deja claro que quien gane “  solamente tiene que preocuparse de dónde y con quién disfrutar los regalos" no tendrá que pagar impuestos.

La realidad es otra. La realidad es que las cestas que se rifan en Navidad también tributan a Hacienda y se deben declarar en el IRPF del año correspondiente al ser una ganancia patrimonial como consta en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio. 

Además, estas macrocestas con motos o coches obligan al afortunado a pagar el correspondiente impuesto de matriculación, circulación y los cambios de titularidad en Tráfico. Si el premio es un apartamento, habrá que pagar los correspondientes tributos que lleva consigo una transmisión de vivienda.

Lo habitual es que estos premios no se declaren, y que Hacienda haga la vista gorda salvo que sea tan exagerado el premio obtenido que no pare de reclamártelo. Es lo que le ocurrió en 2014 a Víctor Brun al que la alegría por haber ganado la famosa cesta del restaurante Mariano de Calamocha, se le torno amargura cuando Hacienda le reclamó 142.000 euros en impuestos por los dos coches, la moto, varios viajes, un jamón, cava, lingotes de oro…  por valor de 360.000 euros. Brun temió que le embargaran hasta su casa. La solución que tuvo que tomar fue devolver todo lo que le había tocado, excepto latas y bebidas que repartió entre familia, amigos y vecinos.

Rifas relacionadas con el sorteo de Lotería de Navidad

Rifas relacionadas con el sorteo de Lotería de Navidad. Imagen de archivo. EFE

Si tú realizas la rifa ¿debes pagar impuestos?

Las personas, físicas o jurídicas, que realicen sorteos y rifas estan sujetos al pago del Impuesto sobre actividades de juego como establece en el art. 48 de la Ley 13/2011 de regulación del juego. Este tipo es el 20% de los ingresos brutos que se obtenga por la participación en el juego, así como cualquier otro ingreso que se pueda obtener, directamente derivado de la organización o celebración de la rifa. Si la rifa es benéfica o de utilidad pública, el tipo se reduce al 7%.

Las personas, físicas o jurídicas, que realicen rifas estarán obligados a practicar los ingresos en el Tesoro, en concepto de pago a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al perceptor, que se deriven de la normativa vigente en cada momento para ese impuesto. El tipo de retención es del 21%.

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