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Guía práctica para entender Madrid Central (y que no te multen)

La sanción a partir de este sábado será de 90 euros, aunque se reducirá a 45 en caso de pronto pago

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Redacción Madrid

Tiempo de lectura: 4'Actualizado 11:49

-¿Qué es Madrid Central?

Madrid Central es una gran área de prioridad residencial que entró en vigor el pasado 30 de Noviembre de 2018. Abarca 472 hectáreas y su perímetro prácticamente coincide con el distrito Centro de la capital.

Sus límites son los siguientes: calles Alberto Aguilera, Glorieta de Ruíz Jiménez, Carranza, Glorieta de Bilbao, Sagasta, Plaza de Alonso Martínez, Génova, Plaza de Colón, Paseo de Recoletos, Plaza de Cibeles, Paseo del Prado, Plaza de Cánovas del Castillo, Paseo del Prado, Plaza del Emperador Carlos V, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, Glorieta de Embajadores, Ronda de Toledo, Glorieta de la Puerta de Toledo, Ronda de Segovia, Cuesta de la Vega, Calle Mayor, Calle Bailén, Plaza de España (lateral continuación de la Cuesta de San Vicente), Calle Princesa y Calle Serrano Jover.

Todo este perímetro está perfectamente delimitado por unas líneas rojas fácilmente visibles. También está permitida la circulación dentro de Madrid Central por estas calles:

* Calle Santa Cruz de Marcenado (de Calle Serrano Jover a Calle Mártires de Alcalá).

* Calle Mártires de Alcalá (de Calle Santa Cruz de Marcenado a Calle Alberto Aguilera).

* Avenida Gran Vía de San Francisco.

* Calle Bailén.

* Calle Algeciras.

* Cuesta Ramón.

* Calle Ventura Rodríguez (de Calle Princesa a Calle Duque de Liria).

* Calle Duque de Liria (de Calle Ventura Rodríguez a Calle Princesa).

Guía práctica para entender Madrid Central (y que no te multen)

 

-¿Quién puede entrar a Madrid Central?

De manera general, los vehículos de las personas empadronadas dentro de esta área y los vehículos de movilidad reducida.

También pueden circular los vehículos pertenecientes a estos grupos.

-Vehículos eléctricos (Etiqueta CERO) e híbridos (Etiqueta ECO): podrán circular sin problemas. También aparcar en zona SER, de estacionamiento regulado. Sin límite horario los CERO. Hasta 2 horas los ECO.

-Vehículos con etiqueta medioambiental C o B: sólo podrán acceder a Madrid Central para dejar el coche en un parking público o a un garaje privado. Salvo excepciones.

-Vehículos sin etiqueta de la DGT: no podrán acceder a Madrid Central, salvo que estén autorizados.

-Motos: si tienen etiqueta ECO o CERO: podrán acceder sin límite horario. Las que tengan etiqueta C o B, podrán entrar de 7 de la mañana a 10 de la noche.

-¿Cuáles son las excepciones?

Son muchas y se irán añadiendo más según vaya desarrollándose Madrid Central. Te resumimos las más importantes.

-coches que llevan a personas con tarjeta PMR (movilidad reducida), independientemente de su etiqueta ambiental.

-bicis y otros vehículos de movilidad urbana

-taxis y VTC. En este caso los que tenga etiqueta B podrán circular hasta el 31 de Diciembre de 2022, salvo los que están adaptados a minusválidos, que lo podrán hacer hasta el 31 de Diciembre de 2025.

-los vehículos de atención sanitaria y emergencias (ambulancias, grúas, coches de policía, coches fúnebres). También los vehículos con matrícula diplomática y las unidades móviles de medio de comunicación, siempre y cuando vayan rotuladas.

-los comercios y negocios ubicados en Madrid Central tendrán hasta 20 permisos individuales cada mes. Los invitados que no tengan etiqueta de la DGT podrán entrar hasta el 31 de Diciembre de 2019.

-Los trabajadores nocturnos de fuera de Madrid con horario comprendido entre las 00:00 horas y las 06:30.

-los padres de alumnos que estudien en centros educativos dentro de Madrid Central. De Septiembre

a Junio, de lunes a viernes, de 7 de la mañana a 20 horas.

-los que vayan a un taller o a un hotel, comunicando previamente la matrícula

-¿Cuánto es el importe de la multa en caso de sanción?

90 euros. Aunque se reduce a 45 en caso de pronto pago. En Enero entró en vigor una etapa informativa en la que los conductores que han entrado de manera irregular en Madrid Central han recibido una carta informándole de su infracción y de la multa que le correspondería pagar. A partir del sábado 16 de marzo de 2019, llegan las sanciones de verdad. Tocará rascarse el bolsillo.

-¿Cómo se piden las autorizaciones?

Desde el pasado 28 de Noviembre se pueden pedir esas autorizaciones puntuales y los permisos para los trabajadores de fuera de Madrid que realicen su trabajo en horario nocturno. Se pueden pedir en las Oficinas de Atención Línea Madrid o llamando al teléfono gratuito 010. Los vehículos destinados a la distribución urbana de mercancías, podrán darse de alta en las oficinas del Ayuntamiento ubicadas en la calle Bustamante, nº 16. Quien esté empadronado en Madrid Central, no hará falta hacer ninguna gestión. Se sabe automáticamente que eres residente. En el caso de una plaza de garaje, la autorización la debe pedir el dueño. Es decir, si tienes una plaza alquilada, debes dar la matrícula al titular de la plaza y éste comunicarla al Ayuntamiento.

-¿Cómo puedo estar seguro de que no me multarán aunque entre a un parking público?

Porque las cámaras de control de acceso a Madrid Central y a los parkings públicos estarán conectadas. Se cruzarán los datos y se comprobará que tu coche ha entrado en esta APR para ir a uno de esos aparcamientos. La sanción se anulará automáticamente. Aún así recomendamos que SIEMPRE guardes el ticket del parking para poder recurrir si te llega una sanción por error.

-¿Qué alternativas tengo?

La mejor es el uso del transporte público. Por Madrid Central pasan 70 líneas de la EMT; 6 líneas de Metro (1, 2, 3, 4, 5 y 10), además de otras 9 líneas de Cercanías. Otra opción es el uso de la bicicleta. Además de los operadores privados, el Ayuntamiento de Madrid ofrece el sistema de alquiler público, BiciMad, que cuenta con 57 estaciones y 1.425 anclajes para bicicletas. Siguiendo con el alquiler, también está la alternativa de coger un coche o una moto de “sharing”, de alquiler por minutos. Y, por supuesto, los taxis, con 27 paradas en el interior de esta APR, y los VTC que también podrán circular por Madrid Central.

-Si trabajo de noche en una empresa o negocio dentro de Madrid Central ¿puedo acceder?

Sí, pero siempre y cuando la hora de inicio o de final de tu jornada laboral esté comprendida entre las 00:00 horas y las 06:30 horas y vivas fuera de Madrid.

-Si mi hijo estudia en un colegio ubicado en el interior Madrid Central, ¿puedo dejarle y recogerle?

Es una de las excepciones contempladas tras las quejas de los padres y madres de estos alumnos. El Ayuntamiento permite acceder a estos centros educativos de lunes a viernes de 7 de la mañana a 20 horas. Sólo durante el periodo lectivo, es decir, de Septiembre a Junio del año siguiente. Para poder acogerte a esta excepción debes facilitar tu matrícula al colegio y éste se la comunicará al Ayuntamiento para evitar que seas multado.

-¿Está relacionado con el protocolo anticontaminación?

Sí y no. Sí porque Madrid Central, al igual que el protocolo anticontaminación, forman parte del PLAN A de Calidad del Aire del Ayuntamiento de Madrid. No porque son dos medidas independientes. Pero siempre prevalecerán las prohibiciones del protocolo cuando esté activado, al ser una medida extraordinaria temporal de restricción de tráfico.

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