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Elecciones en Madrid: ¿Qué pasa si me llaman para estar en una mesa electoral un día laborable?

La duración máxima del permiso para poder votar es de 4 horas sin descuento de salario

Elecciones en Madrid: ¿Qué pasa si me llaman para estar en una mesa electoral un día laborable?

Quique Garcia

Raquel Pérez Polo
@RaquelPerezPolo

Redactora COPE 

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 18:16

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha convocado elecciones para el próximo 4 de mayo con la intención de evitar una moción de censura como la que han planteado Ciudadanos y el PSOE en la Región de Murcia. El día 4 de mayo, martes, no es casual. La Ley del Régimen Electoral del 19 de junio de 1985 marca que las elecciones deben celebrarse 54 días naturales después de que la convocatoria electoral se publique en el Boletín Oficial del Estado. Ese día sería el lunes 3 de mayo, que es festivo en la Comunidad de Madrid puesto que el día de la Comunidad cae en domingo. Por este motivo, la convocatoria se traslada al martes 4.

2. ¿Qué permisos tienen los trabajadores para acudir a votar?

La duración máxima del permiso para poder votar es de 4 horas sin descuento de salario. Pero se pueden dar las siguientes situaciones

  • Si el horario de trabajo coincide en dos o más horas y menos de cuatro con el horario de votación, los trabajadores dispondrán de un permiso retribuido de dos horas.
  • Los empleados cuyo horario de trabajo coincida en cuatro o más horas y menos de seis con el horario de apertura de las mesas electorales, tendrán un permiso retribuido de tres horas.
  • Si la coincidencia entre jornada laboral y jornada electoral es seis o más horas, los empleados disfrutarán de un permiso retribuido de cuatro horas.
  • Trabajadores cuyo horario de trabajo no coincida con el de apertura de los colegios electorales o cuya jornada sea inferior a 2 horas, no tienen derecho a permiso retribuido ya que la jornada de trabajo no le impide ir a votar.

3. ¿Qué permisos tienen los miembros de las mesas electorales?

Aquellos ciudadanos que hayan sido nombrados presidentes o vocales de las mesas electorales tienen derecho a un permiso retribuido a jornada completa. Además tienen derecho a una reducción de su jornada de trabajo en cinco horas el día inmediatamente posterior. Por último también disfrutarán de una dieta.

La ley electoral recuerda que toda persona designada para desempeñar funciones como miembro de una mesa electoral con motivo de la celebración de un proceso electoral está especialmente protegida por el sistema de la Seguridad Social.

4. ¿Qué ocurre con aquellos que son llamados como suplentes?

Pues deben acudir al colegio electoral. Si su presencia no es necesaria porque las mesas se han constituido sin problemas deberán volver a su puesto de trabajo son derecho al permiso retribuido. Además tendrán los permisos pertinentes para ejercer su derecho al voto si así lo deciden.

5. ¿Qué ocurre si el trabajador que es designado miembro de una mesa electoral tiene turno de noche?

Puede solicitar el cambio de turno a su empresa y esta no se podrá negar. El día siguiente a las elecciones deben trabajar aunque podrán disfrutar de una reducción de jornada de 5 horas.

6. ¿Qué derechos tiene quien elija votar por correo?

En el caso del voto por correo, los trabajadores que opten por esta opción pueden pedir el permiso retribuido para realizar el trámite.

8. ¿Son las primeras elecciones que se celebran en día laborable en España?

No. Durante la Transición los españoles solía estar convocados a las urnas o bien en miércoles o bien en jueves. Algunos ejemplos

  • Miércoles 15 de diciembre de 1976. Referéndum reforma política
  • Miércoles 15 de junio de 1977. Elecciones generales
  • Miércoles 6 de diciembre de 1978. Referéndum constitucional
  • Jueves 1 de marzo de 1979. Elecciones generales
  • Jueves 28 de octubre de 1982. Elecciones generales
  • Miércoles 12 de marzo de 1986. Referéndum sobre la permanencia de España en la OTAN
  • Jueves 15 de junio de 1989. Elecciones al Parlamento Europeo

Desde este 15 de junio de 1989 todas las elecciones tanto generales como autonómicas y municipales se han celebrado en domingo. Sólo hubo dos excepciónes y precisamente en Cataluña. Y es que las elecciones catalanas del año 2006 se llevaron a cabo el 1 de noviembre festividad de Todos los Santos y en 2017 las elecciones se celebraron el jueves 21 de diciembre después de que el Gobierno de Rajoy suspendiera la autonomía de Cataluña.

10. ¿Las elecciones en días laborables tienen una participación más baja que si se celebran en domingo?

No. Pongamos un ejemplo. Las elecciones del jueves 28 de octubre de 1982 la participación se disparó hasta el 80%. Tres años después, en 1983, se convocaron las municipales en domingo y se quedaron en un 65% de participación. Las elecciones del 21-D en Cataluña fueron de las que mayor participación registraron.

11. ¿Es habitual que en otros países se voten en día laborable?

Sí. En Estados Unidos las elecciones se celebran el primer martes después del primer lunes de noviembre desde el año 1845. En el Reino Unido la Ley Electoral establece que los comicios se celebren siempre el primer jueves de mayo cada cinco años.

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