Línea Editorial: "Libertad en la era digital"
Si el tribunal le diera la razón a la familia González, sería necesario reinterpretar la ley que protege a las empresas tecnológicas

"En la Unión Europea entró en vigor hace unos meses la Ley de Servicios Digitales"
Madrid - Publicado el - Actualizado
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Nohemí González, estudiante estadounidense, fue una de las víctimas de los atentados terroristas de 2015 en París. Su familia puso una demanda contra Google, al considerar que brindó apoyo material a los yihadistas del Estado Islámico difundiendo sus videos con un mensaje terrorista. El caso ha llegado al Tribunal Supremo de Estados Unidos. Si el tribunal le diera la razón a la familia González sería necesario reinterpretar la ley que protege a las empresas tecnológicas. Es una ley que considera que no producen el contenido de terceros, solo lo difunden.
En la Unión Europea entró en vigor hace unos meses la Ley de Servicios Digitales con la que se ponen algunos límites al contenido difundido por las grandes empresas de internet y de redes sociales. Los prestadores de estos servicios no serán responsables del contenido subido por los usuarios, si en el momento en el que tienen conocimiento efectivo de un contenido ilícito actúan de manera diligente para su retirada.
Estas decisiones han provocado el rechazo de algunos sectores porque consideran la regulación como un atentado a la libertad de expresión. La revolución digital nos obliga a encontrar nuevas soluciones. Pero también en este caso sirve el principio de que no hay ninguna libertad ni ningún derecho que sean absolutos, las libertades y los derechos fundamentales siempre están en relación y, por lo tanto, están condicionados entre sí.



