El Gobierno debe atender a los menores no acompañados de Canarias

Las resoluciones del Tribunal Supremo son de obligado cumplimiento

Menores migrantes no acompañados
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Redacción digital

Madrid - Publicado el

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Hace más de dos meses, el Tribunal Supremo dio al Gobierno un plazo de diez días para hacerse cargo de los casi mil menores no acompañados que solicitaban asilo en Canarias y que estaban acogidos en centros de la comunidad autónoma. 

Con aquella medida cautelar, la Sala de lo Contencioso-Administrativo instó al Ejecutivo a garantizar el acceso y la permanencia de estos menores —en situación de vulnerabilidad— en el Sistema Nacional de Acogida de Protección Internacional

La solicitud no fue atendida y, ahora, en un auto especialmente contundente, el alto tribunal exige al Gobierno que informe cada quince días sobre los avances realizados. De no hacerlo, se enfrenta a medidas coercitivas, como multas o incluso una denuncia penal.

A la incapacidad del Ejecutivo para legislar y dar explicaciones sobre los escándalos que lo rodean se suma ahora esta grave negligencia que deja expuestos a casi mil menores en una situación de riesgo. En esta ocasión, el incumplimiento de una resolución del Supremo revela, al menos, una alarmante falta de interés o una preocupante incapacidad operativa. En cualquier caso, ambas posibilidades resultan inaceptables.

En un Estado de derecho, las resoluciones del Tribunal Supremo son de obligado cumplimiento. Y en este caso, además del respeto a la ley y a las normas que regulan la acogida de menores, existe un imperativo ético y urgente que el Gobierno no puede seguir ignorando.

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