Amnistía y constitucionalidad
"En España sobran iniciativas legislativas sin consenso, y esta es una de ellas sobre una cuestión que, además, provoca un amplio rechazo social"

Escucha la Línea Editorial del martes 3 de junio
Madrid - Publicado el
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En próximos días tendrá lugar la sesión en la que el Tribunal Constitucional debatirá el recurso sobre la Ley de la Amnistía aprobada hace ahora un año. Por lo que hemos sabido, el texto de la ponencia que va a someterse al pleno establece que los aspectos centrales de la ley son conformes con nuestra Carta Magna. Solo algunos aspectos secundarios deberían ser corregidos.
La Constitución, como hemos visto en las últimas décadas, es un texto que admite cierto margen de interpretación, pero es inadmisible que esa interpretación dependa exclusivamente de las mayorías que se forman en el Congreso y el Senado tras las elecciones, y que se oriente únicamente a servir al interés del Gobierno, como es el caso.
Por otra parte, es necesario recordar el dictamen que emitió la Comisión de Venecia tras su viaje a España. Esta institución, dependiente del Consejo de Europa, no entró en la constitucionalidad de la Ley de la Amnistía, pero sí hizo un ejercicio de derecho comparado con la regulación de otros países y estableció varios requisitos para considerar aceptable una Ley de Amnistía. Señalaba, en primer lugar, que debe contar con una mayoría amplia dentro del Congreso de los Diputados, que exprese un amplio consenso social. De igual modo, apuntó que los criterios para su aplicación no deben diseñarse para cubrir a personas específicas. En este caso se pretende beneficiar a los que protagonizaron el intento de secesión de Cataluña. En España sobran iniciativas legislativas sin consenso, y esta es una de ellas sobre una cuestión que, además, provoca un amplio rechazo social.