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No, Tejero no fue indultado tras el 23-F y estos fueron los motivos

Si bien es cierto que el Tribunal Supremo se mostró favorable a indultar al ex guardia civil, finalmente no se aprobó. Sin embargo, Armada si gozó de la medida de gracia

Antonio Tejero, pistola en mano, en el Congreso de los Diputados el 23-F

Manuel H. de LeónEFE

David Ferreiro

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 13:22

La decisión, parece que firme, por parte del Gobierno de España de indultar a los 12 políticos encarcelados por su implicación en el proceso soberanista catalán, ha desatado una oleada de críticas, polémicas y hasta falsas noticias que han puesto en entredicho la medida de gracia y sus criterios, muy ambíguos en diversos aspectos.

Por si todo esto fuera poco, la posición adoptada por el Tribunal Supremo, que se muestra contrario a esta concesión alegando que no responde a razones de justicia, equidad y utilidad pública, ha puesto en jaque al Ejecutivo presidido por Pedro Sánchez, que sin embargo parece convencido a concederlos igualmente en pro de avanzar en la mesa de diálogo sobre Cataluña.

Todo esto ha ocasionado un vaivén de informaciones, análisis y comparativas con otros casos para tratar de decantar el debate existente hacia un lado o hacia el otro. Nada se escapa del radar, todo se mide al milímetro.

Por eso, llama la atención la revisión de los puntos menos claros de la medida de gracia, en los que se ha hecho especial hincapié a lo largo de las últimas jornadas. Uno de ellos es la importancia (o no) de que los futuros indultados hayan mostrado su arrepentimiento e, incluso, hayan pedido disculpas.

Mucho se ha escrito sobre si este es, o no, un paso necesario, más allá de lo que la lógica nos permita intuir. Sin embargo, lo que sí está claro es que, por el momento, los presos del procés no han mostrado ninguna de las dos, siendo este el principal motivo del debate actual. Porque, ¿se debe indultar a quién no muestra remordimientos?

Lo cierto es que aunque no es un requisito indispensable para que el indulto sea concedido, sí sería lo coherente, aunque de todos modos es una decisión que en última instancia depende del Consejo de Minitros.

Las diferencias en los casos de Armada y Tejero

Así, en los últimos días, representantes de unos y otros han ido citando algunos de los indultos más polémicos para comparar las motivaciones y la naturaleza de cada uno de ellos con el caso de los detenidos por el procés.

Y ahí es donde cobra especial significado el caso de dos de los protagonistas del 23-F, el teniente coronel Antonio Tejero y el general Alfonso Armada, dos casos que, aunque puedan parecer similares, tienen profundas diferencias.

Así, algunos menoscaban la importancia del arrepentimiento en esta disyuntiva defendiendo que a Antonio Tejero, la cabeza más visible de aquel vergonzoso 23 de febrero, se le concedió el indulto a pesar de no mostrar ningún atisbo de remordimiento, algo que es profundamente falso.

En realidad, lo cierto es que a Antonio Tejero no se le otorgó la medida de gracia, que fue rechazada por el Gobierno de Felipe González alegando que el ex guardia civil no había mostrado intenciones de acatar la Constitución y de que suponía una medida en contra de la democracia, a lo que habría que sumarle el agravamente de que era reincidente.

Por ello, es falso que Antonio Tejero fuera indultado en 1993, a pesar de que sí que es cierto que el Tribunal Supremo se mostró a su favor, al considerar que la "alarma pública" generada tras los hechos era casi inexistente y que sus 13 años en prisión ya habían tenido su "efecto ejemplarizante", alegando finalmente que el indulto era una medida "de conveniencia pública" y que, con el, se "contribuiría al olvido de unos hechos que deben quedar en el pasado".

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Alfonso Armada en una entrevista con Luis del Olmo en la Cadena COPE

R. Pascual/RSGEFE


Y todo a pesar de que Tejero no hizo publico ningún ápice de arrepentiemineto por sus actos, algo que de algún modo se le presupuso por el hecho de aceptar y someterse a la petición de indulto a su nombre iniciada por la Archicofradía de la Celeste, Real y Militar Orden de Nuestra Señora de la Merced, pero que nunca fue explícito.

Paralelamente a todo esto, de lo que si gozó desde el mismo día en el que se le negó el indulto fue del tercer grado, que es el hecho que puede llevar a la confusión. Posteriormente, en 1996, se le otrogó la libertad condicional tras pasar 15 de los 30 años de su condena entre rejas.

El que sí disfrutó de los beneficios de la medida de gracia fue el general Alfonso Armada, al que se le concedió en 1988 después de solicitarlo en cinco ocasiones diferentes. En su caso particular, el Supremo abaló la petición "por razones de equidad", al mostrar desde prisión "su arrepentimiento, su lealtad a la Corona y al ordenamiento constitucional", al contrario que Tejero.

A Armada, el indulto le fue denegado en las cuatro primeras peticiones, pero a la quinta el Gobierno le terminaría concendiendo la medida de gracia tras sus reiteradas disculpas, amparado en el informe del Supremo en el que se recogían sus buenas intenciones, además de su avanzada edad y su delicado estado de salud.

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