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¿A qué sanciones se enfrenta Torra por no retirar la pancarta con el lazo amarillo?

Se expone a multas de 300 a 3.000 euros e incluso a una denuncia por desobediencia en la Fiscalía que conduciría a la inhabilitación

¿A qué sanciones se enfrenta Torra si no retira la pancarta con el lazo amarillo?

 

Ricardo Rodríguez
@rrodriguezmaeso

Jefe de Política

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 20:00

El presidente catalán, Quim Torra, se ha negado este martes a dar la orden de retirar del balcón del Palau de la Generalitat el cartel sobre los "presos políticos" que incluye un lazo amarillo, a escasas horas de que expire el plazo que le dio la Junta Electoral Central.

Acabado el plazo otorgado por la JEC a las 18:00 horas, esta podrá abrir expediente administrativo a Torra y multarle con entre 300 y 3000 euros, pero, en paralelo, derivar el caso a la fiscalía al exponerse a un pleito por desobediencia y unas responsabilidades penales que pueden alcanzar la inhabilitación para cargo público.

Cabe recordar que las resoluciones de la Junta Electoral Central son “vinculantes” y de “obligado cumplimiento”, siendo la punta de lanza de toda la estructura de juntas autonómicas, provinciales y de zona. El mandato contra el recurso de Quim Torra recogía que tanto los lazos como las esteladas podían utilizarse legítimamente por las fuerzas políticas en su propaganda electoral, pero nunca pueden hacerlo los poderes públicos, ya que éstos deben mantener una rigurosa neutralidad política.

La JEC desmontaba el argumento de la Generalitat catalana que aducía dificultades operativas para retirar los símbolos secesionistas: “Tampoco puede ser una excusa”. De igual manera, lo hizo con la pretendida libertad de expresión argumentada por Torra. “Ese derecho no incluye la utilización de edificios públicos de forma partidista”, según le replicó la Junta Electoral Central.

La JEC está compuesta en su mayoría por magistrados del Tribunal Supremo, empezando por su actual presidente, Segundo Menéndez, al frente de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, seguido de su vicepresidente, Eduardo Calvo, especialista de igual manera de lo Contencioso-Administrativo, y seis vocales. Forman parte además otros cinco vocales, todos ellos catedráticos de derecho o de ciencias políticas y de sociología. A sumar al equipo un secretario, letrado de las Cortes, cuyo ejercicio recae en el secretario general del Congreso.

En definitiva, catorce expertos de probada trayectoria cuya principal misión pasa por “velar por la transparencia y objetividad del proceso electoral”. 

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