¿Te han metido en un grupo de WhatsApp del trabajo sin tu permiso? Esto es lo que dice la ley

No tienes por qué aguantar este tipo de obligaciones en el ámbito laboral. A continuación descubre qué puedes hacer en esta situación

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Juan Domingo Pérez

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3 min lectura

Cada vez son más los trabajadores que alzan su voz ante aquellas situaciones injustas donde la línea entre la vida laboral y personal empiezan a ser imperceptibles.

Una de las prácticas más comunes, e invasivas, en muchos empleos es ser añadido, por jefes o compañeros, a un grupo de WhatsApp sin que te hayan preguntado primero. Algo que para algunos puede ser una acción práctica, en realidad puede significar una infracción grave a la normativa de protección de datos y al derecho a la desconexión digital.

El abogado laboralista Juan Manuel Lorente (@juanmalorente_laboralista), conocido por compartir consejos legales en redes sociales, lo explica claramente en un vídeo de Instagram: "No te puede meter tu empresa en un grupo de WhatsApp con tu móvil personal sin tu consentimiento. Es totalmente ilegal."

Setenta mil euros de multa por usar WhatsApp sin permiso

Lorente señala que ya existen casos reales de empresas sancionadas con multas de hasta 70.000 euros por incluir a sus empleados en grupos de mensajería instantánea sin un consentimiento previo. El hecho de compartir tu número personal, exponiéndolo a demás miembros del equipo y recibir mensajes fuera del horario laboral, desobedece dos derechos fundamentales:

  1. La protección de datos personales, regulada por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
  2. El derecho a la desconexión digital, reconocido en el artículo 88 de la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD).
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¿POR QUÉ ES ILEGAL QUE TE AÑADAN Sin CONSULTARTE?

En el momento en el que una empresa decide tener un canal de comunicación, en una plataforma como WhatsApp, está utilizando un medio personal, en este caso el número del teléfono móvil, para fines laborales.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) informa que esta gestión solo se puede hacer si se tienen el consentimiento explícito del empleado. De lo contrario, se estaría compartiendo un dato personal, su número telefónico, sin una justificación legal, lo que supone una infracción.

Añadido a esto, el abogado laboralista destaca que en este tipo de grupos una práctica habitual es que la comunicación se mantenga de forma constante, incluso fuera de las horas de trabajo. "Te obliga a estar pendiente del grupo de WhatsApp, para responder incluso cuando no estás en tu jornada laboral."

Esto contradice absolutamente con el derecho a la desconexión digital, que afirma que los trabajadores no están obligados a atender comunicaciones laborales fuera de sus horas hábiles.

¿Qué puedes hacer si te encuentras en esta situación?

En el caso de que estés pasando por algo parecido, no tienes por qué aceptarlo. Juan Manuel recomienda actuar de la siguiente manera:

  • Si nunca diste tu consentimiento, pedir salir del grupo.
  • Hacer una reclamación formal a tu empresa, dejando constancia de que se te está vulnerando tu privacidad y tu derecho a la desconexión.
  • En el caso de que tu empresa no responda a tu solicitud, puedes denunciarlo ante la AEPD.
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No se trata de tener un enfrentamiento con tu empresa, sino de hacer valer tus derechos. Tal y como explica el abogado Lorente en su vídeo, "no debes estar constantemente recibiendo notificaciones y mucho menos debes estar pendiente de ellas".

Aunque WhatsApp esa una herramienta cómoda para organizar y distribuir tareas rápidamente, no es legal que la empresa use esta plataforma sin tu consentimiento, ni que se convierta en un canal obligatorio fuera de tu horario. Informarte es el primer paso para ejercer tus derechos y proteger tu tiempo de descanso.

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