Una historia de perseverancia
Me quería jubilar a los 63 años y la Seguridad Social me lo terminó concediendo: con una pensión de 2.900 euros
La justicia da la razón a un trabajador con una discapacidad del 57% y obliga al INSS a rectificar, reconociendo su derecho a la jubilación anticipada con la pensión máxima
Un jubilado alimenta palomas en un parque cerca de la Sagrada Familia durante una ola de calor en Barcelona
Publicado el
3 min lectura
La perseverancia de un trabajador aragonés ha culminado en una victoria personal y económica que sienta un precedente. Tras un largo pulso con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), ha logrado que la justicia le reconozca su derecho a jubilarse a los 63 años con el 100% de su pensión, ascendiendo a 2.932,14 euros mensuales. Su caso demuestra que, a veces, el camino hacia un retiro digno implica una lucha en los tribunales, especialmente cuando la administración interpreta la normativa de forma restrictiva.
Este hombre, que ha cotizado durante más de 42 años, arrastra las secuelas de un traumatismo craneoencefálico sufrido a los tres años, lo que le ocasiona una discapacidad reconocida del 57%. Amparándose en la ley, en julio de 2023 solicitó la jubilación anticipada por discapacidad, pero la Seguridad Social se la denegó. El argumento del INSS fue que no acreditaba los 15 años de cotización requeridos con la discapacidad, un criterio que ha sido finalmente desestimado y que recuerda a otros casos en los que se han producido errores, como cuando se piden devoluciones de pensión por fallos en los cálculos iniciales.
Una lucha en dos actos
Lejos de rendirse, el trabajador presentó una nueva solicitud. Esta vez, el INSS sí reconoció su jubilación, pero de forma parcial, concediéndole solo el 88,57% de la base reguladora. No estaba dispuesto a aceptar menos de lo que le correspondía, así que decidió llevar su caso a los tribunales, convencido de que "tenía derecho al 100% de la pensión de jubilación". Su determinación le llevó a obtener una primera sentencia favorable en el Juzgado de lo Social n.º 4 de Zaragoza, un ejemplo de cómo luchar por cada detalle puede mejorar significativamente la pensión final.
Un jubilado se encuentra en un cruce peatonal mientras dos motos pasan por una carretera de varios carriles en el centro de Valencia.
El INSS, no conforme con la decisión, elevó el caso al Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), pero el resultado fue el mismo. El TSJA desestimó el recurso de la Seguridad Social y confirmó el derecho del demandante a percibir el 100% de la base reguladora. La clave de la sentencia es que considera que su daño cerebral adquirido existe desde la infancia y no solo desde 2010, fecha del reconocimiento oficial de su discapacidad, cumpliendo así el requisito de cotización bajo la condición de discapacidad. Este tipo de victorias judiciales son fundamentales para muchos pensionistas, que también pueden verse beneficiados por otras sentencias como la que permitirá a Hacienda devolver hasta 4.000 euros por el IRPF.
Las claves de la sentencia: ¿por qué le han dado la razón?
La justicia ha considerado que el INSS realizó una interpretación incorrecta de la normativa. El tribunal se ha basado en el Real Decreto 370/2023, que modificó la ley para facilitar la jubilación anticipada de personas con discapacidad. La sentencia subraya que el trabajador no solo superaba el grado de discapacidad mínimo del 45% para aplicar los coeficientes reductores de edad, sino que sus patologías estaban incluidas en el anexo de dicha ley. Según explicó en su momento un funcionario de la Seguridad Social sobre el cambio en las pensiones, el trabajador "no debe preocuparse, tendrá que elegir entre dos métodos".
Un jubilado camina descalzo por la playa de Piedra, El Cotillo, Fuerteventura
Finalmente, el TSJA ha concluido que el demandante cumplía todos los requisitos legales para la jubilación anticipada con la pensión máxima. La sentencia no solo le otorga la razón, sino que obliga al INSS a abonarle con carácter retroactivo las cantidades no percibidas desde la fecha en que debió concederse la prestación. "La justicia ha reconocido lo que era evidente desde el principio", un hecho que cierra un capítulo de incertidumbre y abre la puerta a un merecido descanso con la totalidad de sus derechos reconocidos.
Este contenido ha sido creado por el equipo editorial con la asistencia de herramientas de IA.