Luis Abad, asesor fiscal: "Es totalmente legal crear una estructura empresarial en algunos países de Europa donde los impuestos no son tan abusivos"
Un conocido asesor fiscal explica cómo trasladar la residencia fiscal de una empresa a países europeos más benévolos para reducir la carga tributaria

Luis Abad, asesor fiscal
Madrid - Publicado el - Actualizado
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La elevada presión fiscal en España se ha convertido en una de las principales preocupaciones para empresarios y autónomos. Muchos buscan constantemente fórmulas para optimizar sus cargas tributarias dentro del marco legal, explorando opciones que les permitan mantener la viabilidad de sus negocios.
En este contexto, las declaraciones del asesor fiscal Lluis Abad han generado un gran revuelo. Abad, con más de veinte años de experiencia, afirma que la clave no es mudarse de país, sino trasladar la empresa, una estrategia que, según él, ofrece una clara ventaja competitiva al afirmar que "la peor forma de ser empresario en España es tener una empresa en España".
La peor forma de ser empresario en España es tener una empresa en España"
Asesor fiscal
La fórmula: el traslado a Bulgaria
La propuesta de Abad consiste en cambiar la residencia fiscal de la compañía a un país europeo con un sistema impositivo más favorable, como Bulgaria. Según el asesor, este movimiento permitiría a los empresarios "pagar la mitad de sus ganancias en impuestos" gracias a que, en dicho país, el impuesto de sociedades es del 10% y no se aplica el IVA en ciertas operaciones.

Abad defiende la total legalidad de esta práctica, amparándose en la prevalencia de las leyes europeas sobre las españolas. "Es totalmente legal crear una estructura empresarial en algunos países de Europa donde los impuestos no son tan abusivos", señala el experto para justificar una vía legítima para escapar de lo que considera una fiscalidad confiscatoria.
Es totalmente legal crear una estructura empresarial en algunos países de Europa donde los impuestos no son tan abusivos"
Asesor fiscal
La postura de la Unión Europea
Sin embargo, la Unión Europea matiza esta visión y aclara que no existen normas comunitarias generales sobre cómo gravar los ingresos de quienes operan fuera de su país de origen. La regla principal se basa en la residencia fiscal personal, es decir, el país donde una persona pasa más de seis meses al año es el que, habitualmente, tiene derecho a gravar la totalidad de sus ingresos mundiales.
Esto significa que, aunque la empresa esté en otro país, si el empresario reside en España, Hacienda podría reclamar los impuestos correspondientes a sus beneficios globales. Además, Europa recuerda que los países de la UE "[intercambian periódicamente información]" para combatir el fraude y la evasión fiscal, lo que complica las deslocalizaciones ficticias.
Por tanto, aunque la idea de reducir la carga fiscal trasladando una empresa resulta atractiva, la realidad es compleja y está llena de matices legales. Antes de realizar cualquier movimiento de este tipo, es fundamental contar con un asesoramiento profesional de confianza para analizar cada caso particular y evitar posibles problemas con Hacienda o incurrir en un delito fiscal.
Este contenido ha sido creado por el equipo editorial con la asistencia de herramientas de IA.



