Llega la Declaración de la Renta: estos son los casos en los que estás obligado a declarar

A dos semanas de que comience la campaña de la renta, el 6 de abril, la Agencia Tributaria ha publicado el listado de situaciones de quienes están obligados a declarar

¡Llega la Declaración de la Renta!

Susana Moneo

Publicado el - Actualizado

4 min lectura

A dos semanas de que comience la campaña de la renta, el 6 de abril, la Agencia Tributaria ha publicado el listado de situaciones de quienes están obligados a declarar. El origen de los ingresos y la cantidad es lo que lo determina:

. -- Quienes perciban por rendimientos del trabajo más de 22.000 euros de un sólo pagador

. -- Los trabajadores que perciban más de 14.000 euros de rendimientos del trabajo procedentes de dos o más pagadores y que a partir del segundo en adelante hayan percibido 1.500 euros o más.

. --Si perciben ingresos íntegros del trabajo en concepto de pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos diferentes de las percibidas de los padres por encima de los 14.000 euros anuales.

. -- Las personas que perciban rendimientos íntegros del trabajo por encima de 14.000 euros anuales cuando su pagador no esté obligado a retener.

. -- Las personas que perciban únicamente cantidades por encima de 14.000 euros anuales y sujetas a un tipo fijo de retención.

. -- Las personas que perciban exclusivamente rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta por encima de 1.600 euros anuales.

. -- Las personas que declaren únicamente rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro, subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado y el resto de ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas por encima de 1.000 euros anuales.

El IMV se tiene que declarar

Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital y las personas que forman su unidad de convivencia tendrán que declarar por el hecho de cobrar esta prestación, a pesar de que no tributa en el IRPF, es decir no tendrán que pagar por ello. Según explica la Agencia Tributaria, La Ley que desarrolla el Ingreso Mínimo Vital se sitúa por encima de la Ley del IRPF, ya que debe entenderse como una norma especial respecto a la norma general relativa a la obligación de declarar.

Nuevos tramos del IRPF

Habrá 6 tramos con aumento de retenciones para los más altos. Entre 60.000 y 300.000 la retención es del 45% y a partir de 300.000 será del 47%.

Nueva desgravación por obras

Es el momento de comenzar a recopilar todas las facturas para desgravaciones y deducciones. Las hay estatales, como maternidad, familia numerosa o pensiones, y hay deducciones autonómicas, es decir dependerá de dónde tengamos el domicilio fiscal para pagar más o menos. Por ejemplo, familias monoparentales, donativos, alquileres, libros, o incluso por el abono transporte y la compra de bicicletas. La novedad este año es que podremos desgravarnos las obras de nuestra vivienda que mejoren la eficiencia energética. José Pedreira dirige el grupo de IRPF de la Asociación de Asesores Fiscales, AEDAF, y explica a COPE que “derramas en comunidades por arreglos de fachadas, calefacciones... siempre que haya una mejora energética se pueden logar estas deducciones en la cuota del IRPF del contribuyente que puede llegar al 20% de lo que se ha aportado hasta 5.000 euros”. Otra novedad es que se rebaja hasta 2.000 euros la cantidad a deducir de aportación a un plan de pensiones privado. Aumenta hasta 8.000 si se trata de un plan de la empresa en la que se trabaja.

Fechas clave

A día de hoy ya se pueden ir consultando los datos que Hacienda tiene de nuestras finanzas para ir preparando los números y recibos. A partir del día 6 podremos presentar la declaración de manera telemática y el cierre del plazo será el 30 de junio para las declaraciones a devolver y el 29 para quienes tengan que pagar.

6 de abril de 2.022: Comienza el plazo para presentar por Internet las declaraciones de renta y patrimonio relativas al ejercicio de 2021

3 de mayo de 2.022: A partir de este día se puede solicitar cita previa para realizar la declaración de la renta por teléfono.

6 de mayo de 2.022: Comienzan las citas por teléfono para hacer la declaración.

26 de mayo de 2.022: Ya se puede pedir cita previa para hacer la declaración de manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.

1 de junio de 2.022: Se inicia la atención presencial

27 de junio de 2.022: Fin del plazo para presentar declaraciones de la renta de forma 'online' si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta

30 de junio de 2.022: Termina el plazo para presentar la declaración.

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