El índice de referencia para actualizar el alquiler alcanza un nuevo máximo en el 2,32%
El indicador del INE, que se aplica a los contratos firmados tras la Ley de Vivienda, registra su valor más alto y acumula siete meses por encima del 2%

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El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha publicado este jueves el índice de referencia para la actualización anual de los contratos de alquiler, que se situó en el 2,32% interanual el pasado mes de diciembre. Según la información de Europa Press, este es su valor más alto desde el inicio de la serie, en noviembre de 2024.
Con el dato de diciembre de 2025, este índice acumula ya siete meses consecutivos por encima del 2%. La serie histórica reciente muestra una clara tendencia al alza: en noviembre se situó en el 2,29%, en octubre en el 2,25%, en septiembre en el 2,22%, en agosto en el 2,19%, en julio en el 2,15% y en junio en el 2,10%.
Un índice para los nuevos contratos
Los contratos de alquiler que vayan a actualizar su renta y que hayan sido firmados desde la entrada en vigor de la Ley de Vivienda, el 25 de mayo de 2023, deberán usar este nuevo índice que creó el INE. Con su publicación, Estadística da cumplimiento a la disposición adicional undécima de la Ley por el Derecho a la Vivienda.
La ley establece que el organismo debía definir, antes del 31 de diciembre de 2024, un índice de referencia para la actualización anual de los contratos. El objetivo de esta medida es fijar un límite para evitar incrementos desproporcionados en la renta de los arrendamientos.
Así se calcula el indicador
El organismo estadístico difunde este índice de manera mensual. Su cálculo considera conjuntamente el Índice de Precios de Consumo (IPC), la inflación subyacente y las diferencias entre las tasas de crecimiento anual de ambos. También incluye un parámetro, definido a propuesta de la Dirección General de Política Económica, que guarda relación con el crecimiento esperado a largo plazo.
A estas variables se les aplica un coeficiente moderador, propuesto conjuntamente por la Dirección General de Vivienda y Suelo y la Dirección General de Política Económica. De este modo, el índice de referencia final será el valor mínimo entre la tasa de variación anual del IPC, la de la inflación subyacente y la tasa de variación anual media ajustada.
Contratos anteriores y límites previos
Por su lado, los contratos firmados antes de mayo de 2023, es decir, antes de la entrada en vigor de la ley, seguirán actualizando su renta anual con el dato del IPC o del Índice de Garantía de Competitividad (IGC), según conste en el contrato de alquiler firmado, según precisaron fuentes del Ministerio de Vivienda a Europa Press.
Este nuevo índice no es el único límite que se ha aplicado. En 2024, la actualización de las rentas del alquiler estuvo limitada de manera extraordinaria al 3% debido al alza de precios por la guerra de Ucrania. Previamente, el Ejecutivo ya limitó para 2022 y 2023 la actualización en función del IGC, que está topado al 2%.
Este contenido ha sido creado por el equipo editorial con la asistencia de herramientas de IA.



