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El Real Madrid celebra el fallo del Supremo que anula el reparto audiovisual de 2015 y La Liga resta importancia a la sentencia
El conjunto blanco, además, entiende con esta sentencia tendrá derecho a percibir 8,8 millones de euros.

Florentino Pérez / Javier Tebas
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El Real Madrid mostró este viernes en un comunicado su satisfacción por la sentencia del Tribunal Supremo, que "una vez más, vuelve a dar la razón a nuestro club frente a LaLiga" y "confirma plenamente los argumentos esgrimidos por el Real Madrid frente a la modificación estatutaria ilegal promovida por LaLiga en 2015".
"Dicha modificación ilegal alteró el reparto de los derechos audiovisuales de los clubes", subraya el Real Madrid, que entiende con esta sentencia tendrá derecho a percibir 8,8 millones de euros.
El Real Madrid explica que "el Tribunal Supremo declara nula la Disposición Adicional Segunda de los Estatutos de LaLiga, incorporada en 2015 sin habilitación legal y dirigida a alterar el reparto de los ingresos audiovisuales de la temporada 2015-2016 al margen de lo previsto en la ley. Como consecuencia de esta nulidad, el reparto válido en aquella temporada debe ser el que establecían los Estatutos entonces vigentes: 60 % de los ingresos para los clubes de Primera División; 40 % para los clubes de Segunda División. Un reparto igualitario entre todos los clubes dentro de cada categoría".
En este escenario, el Real Madrid analiza que "el reparto legal aplicable supone el pago de aproximadamente 88 millones de euros adicionales, de los que fueron privados ilegalmente, a los clubes que militaban en Segunda División en la temporada 2015-2016: Alavés, Albacete, Alcorcón, Almería, Bilbao Athletic, Córdoba, Elche, Gimnàstic de Tarragona, Girona, Huesca, Leganés, Llagostera, Lugo, Mallorca, Mirandés, Numancia, Osasuna, Ponferradina, Real Oviedo, Tenerife, Real Valladolid y Real Zaragoza". Además, el Real Madrid añade que la medida supone que el Real Madrid perciba la cantidad que legalmente le correspondía, "unos 8,8 millones de euros, de la que también fue ilegítimamente privado".
"Esta resolución del Tribunal Supremo restablece la legalidad y garantiza que las decisiones que afectan al fútbol profesional español se adopten siempre con pleno respeto a la ley y a la transparencia. La sentencia del Tribunal Supremo desestima por completo el recurso interpuesto por LaLiga y ratifica íntegramente lo ya estimado en favor del Real Madrid por la Audiencia Nacional. Esta sentencia es de una trascendencia fundamental para los intereses económicos de los clubes que entonces militaban en la Segunda División y para el propio Real Madrid. El Tribunal Supremo confirma con esta sentencia que el Real Madrid y los clubes mencionados fuimos ilegítimamente perjudicados por la actuación de LaLiga", apostilla el comunicado del Real Madrid.
LA RESPUESTA DE LA LIGA
LaLiga ha advertido de que la sentencia del Tribunal Supremo que ha anulado una parte de los estatutos del organismo que fijó las condiciones del reparto de los derechos audiovisuales para la temporada 2015-2016 "se enmarca en la derogada Ley del Deporte" y ha recordado que en 2022 realizó "una reforma" de sus Estatutos Sociales para adaptarlos a la nueva Ley, y que, por tanto, las conclusiones de la resolución "no resultan extrapolables" a los procedimientos tramitados bajo la nueva normativa.
"La resolución se enmarca en la derogada Ley del Deporte (Ley 10/1990), por lo que los pronunciamientos de la sentencia deben interpretarse estrictamente a la luz de dicha normativa, teniendo en cuenta, además, que los hechos que dieron lugar al procedimiento se remontan al año 2015", señaló la patronal en un comunicado.

Javier Tebas, presidente de LaLiga, atiende a los medios de comunicación
Este viernes se dio a conocer que la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) del Tribunal Supremo ha anulado una parte de los estatutos de LaLiga que fijó las condiciones del reparto de determinados derechos audiovisuales para la temporada 2015-2016 al considerar que es contraria a derecho, estimando parcialmente un recurso del Real Madrid y desestimando uno de la primera entidad.
LaLiga recordó que en 2022 se llevó a cabo "una reforma" de sus Estatutos Sociales para adaptarlos a la nueva Ley del Deporte (Ley 39/2022), lo que supuso "la reforma de los artículos analizados y anulados por el Tribunal Supremo". "En consecuencia, las conclusiones alcanzadas en esta resolución no resultan extrapolables a los procedimientos tramitados bajo la nueva normativa", manifestó.
"Por otra parte, la sentencia, se pronuncia sobre una Disposición Adicional ya derogada en la que se establecía un reparto de unos ingresos audiovisuales generados durante la temporada 2015-2016. A pesar de la anulación del tenor literal de la misma, dicho reparto atendió a las previsiones del Real Decreto-ley", añadió.
Además, LaLiga resaltó que el Tribunal Supremo "reconoce y confirma la existencia de una relación de sujeción especial entre LaLiga y los clubes, reafirmando lo sostenido" por LaLiga. "En tercer lugar, el Tribunal Supremo confirma la validez del artículo 50 de los Estatutos Sociales de LaLiga, relativo a la cuenta operativa y la gestión de saldos, al considerar que constituye un desarrollo operativo coherente del Real Decreto-ley 5/2015 y no una figura de compensación civil prohibida. Este pronunciamiento supone un respaldo expreso a la seguridad jurídica del modelo económico-operativo", apuntó.
"Por último, la sentencia llama la atención sobre la inacción e incoherencia del Consejo Superior de Deportes, destacando que, pese a haber aprobado las modificaciones estatutarias impugnadas, "su manifestación elusiva en el presente recurso de casación arroja una sombra de incertidumbre sobre cuál sea su parecer acerca de la conformidad a Derecho de las resoluciones del propio CSD que son objeto de la presente controversia"", concluyó.