Violencia de género

Amparo Díaz: "En lugar de poner una pulsera, lo que corresponde es el ingreso en prisión preventiva"

La abogada especializada en violencia machista ha analizado las grietas del sistema en 'La Tarde' de protección a las víctimas, más allá de los recurrentes fallos de las pulseras telemáticas

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Pulseras maltrato

Ana Rumí

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El debate sobre la eficacia de las pulseras telemáticas para proteger a las víctimas de violencia de género se ha reavivado. En el programa 'La Tarde', Pilar García Muñiz, junto a Fernando Bonete y Ana Cabanillas, ha abordado la controversia generada por los fallos de estos dispositivos, un problema que el Gobierno niega, pero que víctimas y expertos denuncian. Para arrojar luz sobre esta cuestión, el programa ha contado con la intervención de Amparo Díaz, abogada especializada en violencia de género, quien sostiene que el problema es mucho más profundo.

La letrada considera que el foco no debe ponerse únicamente en los dispositivos. Díaz ha afirmado que la pulsera es "solo un parche" y que en muchos casos la medida adecuada es otra: "en realidad lo que correspondería es acordar el ingreso en prisión preventiva". Según la abogada, el sistema judicial muestra una alarmante reticencia a encarcelar a estos agresores, a quienes no se percibe como delincuentes peligrosos.

Un dispositivo con pulsera antimaltrato

Europa Press

Un dispositivo con pulsera antimaltrato

Amparo Díaz ha explicado por qué cuesta tanto que un maltratador entre en prisión provisional. Señala que "no se identifica como delincuente a esa persona", ya que puede tratarse de "un empresario, igual que puede ser un fontanero, puede ser un abogado, puede ser... un juez". Esta percepción social, que se traslada a los tribunales, dificulta ver la peligrosidad real de individuos que están completamente integrados en la sociedad.

Leyes que "no se cumplen"

La experta ha denunciado que los fallos del sistema son enormes y que existen leyes con buenas intenciones que no se aplican por falta de medios y organización. Díaz ha puesto como ejemplo la Ley Reguladora de la Orden de Protección de 2003, que permite a una víctima solicitar protección en servicios sociales o centros especializados, sin necesidad de acudir a la policía. "Fijaos qué importante sería [...] Bueno, pues no se hace, no se cumple una norma desde el 2003", ha lamentado.

Esta brecha entre la ley y la realidad se debe, según la abogada, a una alarmante falta de formación en victimología y psicología por parte de los operadores jurídicos. Un juez que no tiene estas herramientas, ha explicado Díaz, difícilmente "le va a ver el peligro" a un maltratador con apariencia de normalidad, como un profesor de universidad. "Es ridículo que un reincidente que asalte chalés lo metamos en prisión preventiva, y a un maltratador que amenace, que tenga aterrorizada a una persona y que se salte la orden de alejamiento, no vaya a prisión preventiva", ha concluido.

Este contenido ha sido creado por el equipo editorial con la asistencia de herramientas de IA.

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