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¿Está cerrada Madrid? Preguntas y respuestas sobre lo que puede suceder en los próximos días

Explicamos qué significa la orden del Ministerio de Sanidad publicada en el BOE y que afecta a Madrid y otras 9 ciudades

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Agencias

Tiempo de lectura: 6'Actualizado 14:50

La discrepancia de criterios entre el Gobierno de España y el de la Comunidad de Madrid respecto a las medidas que hay que tomar para frenar la pandemia en la región está provocando confusión en la ciudadanía, que encuentra dificultades para conocer qué restricciones están en vigor, y a dónde puede o no desplazarse. Una inquietud que es especialmente importante en propietarios de establecimientos hosteleros que tendrían que aplicar estas medidas si estuvieran en vigor.

Este jueves hemos conocido la publicación en el BOE de las medidas impulsadas por el Ministerio de Sanidad para tratar de frenar la pandemia en Madrid. Unas medidas con las que el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso no está de acuerdo. ¿Están en vigor? ¿Es obligatorio cumplirlas?

En COPE intentamos responder algunas de estas dudas sobre lo que está ocurriendo en la capital y lo que puede pasar en los próximos días.

¿Está cerrada Madrid?

De momento, no. La publicación en el BOE de las medidas aprobadas por el Ministerio de Sanidad no implica su vigencia inmediata. La norma publicada en el BOE establece que las medidas deben cumplirse "en un plazo de 48 horas", por lo que deberían entrar en vigor en la madrugada de este viernes 2 de octubre al sábado 3 de octubre. Fuentes del Ministerio de Sanidad puntualizan a COPE que Madrid tiene 48 horas para publicar la orden en su boletín oficial "y fijar la fecha de entrada en vigor de las restricciones", que debería tener carácter "inmediato". De este modo, la entrada en vigor de la normativa podría retrasarse algunas horas o incluso algún día.

¿Me pueden multar este mismo sábado?

No, hasta que no se pronuncie el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid. El Ejecutivo madrileño asegura a COPE que, aunque esas restricciones entren en vigor, no tendrán validez jurídica a la hora de multar o de sancionar a quienes las incumplan. Al menos, hasta que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ratifique esas medidas, como ya sucedió con las restricciones en las 37 zonas sanitarias madrileñas impuestas hace un par de semanas. Es decir, la norma entraría en vigor desde su misma publicación en el boletín oficial de la Comunidad de Madrid pero no sería efectiva hasta ser ratificada por el TSJM. Los policías podrían informar a la ciudadanía de las nuevas restricciones pero no multar en el caso de que se incumplan. Para el confinamiento de algunos barrios de Madrid, el TSJM tardó en pronunciarse cinco días. De este modo, las medidas para el "cierre" de Madrid no se aplicarían, al menos, hasta finales de la próxima semana.

La batalla legal también podría demorar la propia publicación de la norma en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) o incluso que no entrara en vigor en el caso de que un tribunal adopte medidas cautelares. La Abogacía General de la Comunidad de Madrid está estudiando ya posibles recursos ante el contencioso administrativo de la Audiencia Nacional contra esta resolución y no se descarta incluso la opción de solicitar medidas cautelarísimas, que podrían llegar a paralizar ese plazo de 48 horas y dejar en el aire la aplicación de esas restricciones.

A partir de ahí observamos las discrepancias entre lo que dice el Gobierno de España y lo que dice la Comunidad de Madrid.

¿Qué dice el Gobierno?

Desde el Gobierno consideran que la publicación en el BOE de las medidas obliga a las comunidades autónomas a su cumplimiento, con independencia de que estén de acuerdo con ellas o no. Madrid es una de las comunidades que ayer se opuso a la aprobación de las medidas, junto a Cataluña, Andalucía, Galicia y Ceuta. Murcia se abstuvo.

Desde el Ejecutivo se ha insistido en que la obligatoriedad del acuerdo viene marcada por el informe de la Abogacía del Estado, que establece que la norma aplicable en las votaciones del CISN es el artículo 151 de la Ley 40/2015 de régimen jurídico del sector público, que regula esta cuestión para todas las Conferencias Sectoriales.

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"Esta ley señala que los acuerdos obligarán a todas las comunidades autónomas, aunque voten en contra,si el Estado ejerce competencias de coordinación, como es el caso", han recordado, para después señalar que, además, esta ley "deroga todo aquello que resulte incompatible con ella".

¿Qué dice la Comunidad de Madrid?

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha asegurado que Madrid "no está en rebeldía" por lo que cumplirá "todas las ordenes", dictadas por el Gobierno, "de manera estricta" aunque ha avisado que irá a los tribunales.

"Esta comunidad no está en rebeldía, este Gobierno no está en rebeldía y cumplirá todas las ordenes de manera estricta porque no somos como sus socios independentistas. Ahora eso sí iremos a los tribunales nuevamente como hicimos con el pase de fase", ha manifestado en su intervención en el Pleno de la Asamblea de Madrid, dirigiéndose al PSOE.

Díaz Ayuso ha asegurado que el Ejecutivo autonómico va a recurrir las medidas aprobadas por el ministro Illa: "Estamos estudiando con el abogado de la Comunidad (de Madrid) y estamos viendo de qué manera hacemos las cosas correctamente. No hay criterios para hacer esas restricciones de movilidad con unos criterios a vuela pluma", ha dicho en una entrevista en Esradio Ayuso, que no ha concretado opciones, aunque una de las vías sería recurrir a la Audiencia Nacional.

Según fuentes jurídicas consultadas por COPE, lo normal sería que la Justicia impusiera un medida cautelar que frenara la implantación de las medidas mientras el Tribunal estudia el recurso.

La presidenta madrileña ha recalcado que en su artículo 14 el Consejo Interterritorial "obliga a plasmar recomendaciones bajo consenso" pero opina que la reunión del miércoles demostró que éste "no es el afán del Gobierno". "Ha estado desaparecido y ahora tiene muchas prisas en imponer todo por decreto, por imposición", ha comentado.

Por otro lado, ha insistido en buscar "fórmulas intermedias" para evitar "confinar a todo el mundo", ya que considera que el "plan" del Ejecutivo de Pedro Sánchez para imponer restricciones a la movilidad en diez municipios madrileños "destroza Madrid sin criterio". "Madrid tiene un plan muy claro: detectar quién está contagiando y obligarle a hacer unas cuarentenas", ha dicho.

Una de las cuestiones que más sorprende en la Comunidad es que la orden del BOE no venga firmada, con sucede habitualmente en estos casos.

¿Qué puede decidir el juez?

La primera medida que podría tomar el juez sería imponer medidas cautelares para suspender las restricciones hasta alcanzar una decisión definitiva. De esta manera, las medidas no estarían en vigor hasta que lo decidiera el magistrado.

Después, el juez tendría que decidir sobre el fondo de la cuestión, sobre si las medidas publicadas en el BOE están o no en vigor y si son competencia del Gobierno central o de la Comunidad de Madrid. En ese caso sería el juez el que decidiría si Madrid debe o no ser confinado.

¿Cuáles son las nuevas restricciones y a qué municipios afectan?

1.- Restringir la entrada y salida de personas, salvo desplazamientos "adecuadamente justificados": asistir al centro de salud, trabajo, centros escolares y universidades, volver a la residencia habitual, asistencia de mayores, menores y dependientes; y desplazamientos a bancos, juzgados u otros organismos públicos.

También para renovaciones de permisos y documentación oficial, trámites administrativos inaplazables; realización exámenes o pruebas oficiales también "inaplazables"; por causa de fuerza mayor, entre otros.

2.- Limitación a seis personas en reuniones de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios públicos y privados, salvo si son convivientes, y en actividades laborales e institucionales o en que se establezcan límites o medidas específicas.

3.- El aforo máximo en los lugares de culto será de un tercio, con una distancia mínima interpersonal de 1,5 metros.

4.- Aforo máximo en velatorios de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes; en la comitiva fúnebre de enterrar o despedida para la cremación de la persona fallecida será un máximo de quince personas.

5.- Se reduce al 50 % el aforo máximo en los locales comerciales y servicios abiertos al público, que cerrarán no más tarde de las 22:00 horas, salvo las excepciones que se prevean.

6.- En cuanto a los establecimientos de hostelería y restauración y de juegos y apuestas, el aforo permitido no podrá superar el 50 % en espacios interiores y del 60 % en exteriores, en tanto que el consumo en barra no estará permitido.

Las mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas y a las demás mesas y el grupo que se siente no será superior a las seis personas.

No se admitirán nuevos clientes a partir de las 22:00 horas y la hora de cierre no podrá superar las 23:00 horas, "a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio".

7.- El aforo máximo de autoescuelas, centros privados de enseñanzas no regladas y de formación será del 50 % por ciento.

8.- En las instalaciones deportivas al aire libre el aforo máximo será del 60 % mientras que las de interior será del 50 %. La

9.- Las comunidades con municipios afectados reforzarán sus capacidades para la detección precoz y el control de la enfermedad, así como en el ámbito de la atención sanitaria, de acuerdo a lo establecido en el Plan de respuesta temprana en un escenario de control de la pandemia por COVID-19.

A estas nueve medidas le acompañan dos recomendaciones:

- Evitar todo movimiento o desplazamiento innecesario en los municipios afectados.

- Aprobar planes especiales de actuación para controlar la expansión de los contagios en aquellos municipios de menos de 100.000 habitantes en los que concurran también los tres indicadores fijados para actuar en localidades de más de ese numero con criterios comunes.

Los municipios afectados por las restricciones serían 10, todos en la Comunidad de Madrid: Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Madrid, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz

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