Ricardo Calleja, profesor de Ética: "La objeción de conciencia es que el Estado te deja no cumplir una ley, de modo que abstenerte de hacer determinadas cosas es perfectamente legal"
La obligación de registrar a los sanitarios que se niegan a practicar abortos genera un intenso debate sobre la libertad de conciencia y la posible discriminación que analizamos en el 'Laboratorio de Ideas'

Ricardo Calleja, profesor de Ética
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La OMS ha emitido un comunicado en el que exige que la identidad de los médicos que ejerzan su derecho a la objeción de conciencia para no practicar un aborto se mantenga en secreto. Esta declaración se produce en respuesta a los registros de médicos objetores que contempla la ley del aborto del Gobierno, una medida que ha avivado el debate en 'Herrera en COPE', donde el periodista Jorge Bustos y el profesor de Ética, Ricardo Calleja, han analizado sus implicaciones en la sección ‘Laboratorio de ideas’.
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La objeción de conciencia al aborto, por Ricardo Calleja | Laboratorio de Ideas
A pesar de la obligación legal, la Comunidad de Madrid ya ha anunciado que no creará dicho registro, al considerarlo “un atentado contra la libertad de conciencia de los médicos”, en palabras de Isabel Díaz Ayuso. Según la presidenta madrileña, esta medida se convertiría en una “lista negra” para señalar a los profesionales sanitarios.
La objeción de conciencia, un derecho en el centro de la polémica
Para entender la controversia, el profesor Ricardo Calleja ha explicado la naturaleza de esta figura. A diferencia de la desobediencia civil de figuras como Martin Luther King, la objeción de conciencia no busca un castigo para visibilizar una injusticia.
“La objeción de conciencia es que el Estado te deja no cumplir una ley, de modo que tu abstenerte de hacer determinadas cosas es perfectamente legal”, ha señalado Calleja.
Según el experto, esta figura es una herramienta para acomodar distintos modos de ver la vida en un Estado pluralista, reconociendo que “la ley no es la última palabra en temas morales”.
Una regulación caso por caso en España
En España, no existe una ley general que regule la objeción de conciencia. Su introducción en la Constitución Española se produjo a raíz del servicio militar obligatorio. Desde entonces, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y diversas leyes han reconocido este derecho caso por caso, como en el caso de los sanitarios para practicar el aborto y la eutanasia, o el de los farmacéuticos para no dispensar píldoras postcoitales.
El punto de inflexión, según se ha analizado, se encuentra en la nueva ley del aborto. La norma ha modificado la percepción del aborto, pasando de ser un “conflicto” a considerarse un “derecho”. Esta nueva lógica, aunque no explícita en la ley, genera que se mire “con sospecha” a los médicos que objetan y se les incluya en listas que, como advierten el Colegio de Médicos y otras voces, “pueden acabar convertidas en una lista negra para señalar, discriminar y meter presión social”.
Para Calleja, se ha pasado de una “concepción conflictual” del aborto a una “concepción celebrativa”, en la que se presenta como “la máxima expresión de la autonomía de la mujer sobre su cuerpo”. El profesor ha criticado duramente la web ‘Quiero abortar’ del Gobierno, donde se presenta el aborto como un servicio más y se llega a definir al feto como “el contenido del útero”.

embarazo
“Yo no conozco en el lenguaje público español un modo más más claro de deshumanización de seres humanos, en este caso, no nacidos”, ha sentenciado Calleja. Esta visión contrasta con la que entiende el aborto como un drama, aunque no se deba castigar a la mujer, y que lamenta que España supere los 100.000 abortos anuales.
Este contenido ha sido creado por el equipo editorial con la asistencia de herramientas de IA.



