Juanma Lorente, abogado laboralista: "Si estás de baja, puedes viajar en Semana Santa, pero para que no tenga consecuencias, lo ideal es que no lleve actividades incompatibles con ella"

Ante la llegada de las vacaciones, el experto Juanma Lorente detalla en 'Herrera en COPE' los riesgos y requisitos legales para evitar un despido fulminante

El abogado laboralista Juanma Lorente
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Herrera en COPE

Escucha el A Ciegas de este lunes 23 de marzo

Patricia Blázquez Serna

Publicado el

3 min lectura13:50 min escucha

Con la llegada de la Semana Santa, surge una duda recurrente para muchos trabajadores que se encuentran de baja médica: ¿puedo viajar durante este periodo? Para aclarar esta y otras cuestiones, 'Herrera en COPE', en su sección 'A Ciegas' conducida por María José Navarro, ha contado con la intervención de Juanma Lorente, abogado laboralista y autor del libro 'Del contrato al despido', quien ha desgranado las claves para actuar correctamente y evitar problemas con la empresa.

La primera pregunta es directa: ¿se puede viajar estando de baja? La respuesta corta es sí, ha afirmado Lorente. Sin embargo, el letrado ha matizado que existe una condición fundamental: el viaje no debe incluir ninguna actividad que pueda retrasar la curación o que sea incompatible con la dolencia que ha motivado la baja. Por ejemplo, una persona con ciática no debería realizar un viaje de ocho horas en coche o practicar surf, mientras que para alguien con una baja por salud mental, como la ansiedad, un viaje podría incluso ser beneficioso.

Uno de los aspectos más importantes, según el experto, es contar siempre con el visto bueno del médico de cabecera. Lorente ha recalcado la importancia de que esta autorización se obtenga por escrito. Si tu médico no solo no te prohíbe el desplazamiento, sino que también te lo autoriza, no hay problema, explica, pero insiste en la necesidad de tener una prueba documental ante un posible conflicto: "Aquí, en derecho, lo que no te puedes probar no existe".

Cientos de personas en la playa de Las Arenas de Valencia el Jueves Santo en una imagen de archivo

(EPA) EFE

Cientos de personas en la playa de Las Arenas de Valencia el Jueves Santo en una imagen de archivo

El peligro de las redes sociales y los detectives

En la era digital, exponer la vida privada es una práctica habitual, pero puede ser contraproducente en estas situaciones. Lorente ha sido tajante al desaconsejar la publicación de fotos de las vacaciones en redes sociales mientras se está de baja. Considera que, aunque la actividad sea legal, no sale rentable exponerse a generar un problema en la empresa o un mal ambiente laboral al regresar, incluso si el perfil es privado, ya que un jefe o compañero podría ver el contenido.

El abogado también ha abordado el creciente uso de detectives privados por parte de las empresas, que se calcula que afectan a cerca de 1,5 millones de personas que no acuden a su trabajo diariamente. La actuación de un detective es crucial si la empresa quiere demostrar alguna actividad indebida y sus informes, que pueden incluir fotos y vídeos, tienen mucha credibilidad ante un juez. No obstante, su contratación exige que la empresa tenga una sospecha previa y fundada de que el trabajador está cometiendo un fraude.

Estos profesionales tienen límites claros y no pueden invadir espacios de intimidad como el interior de una vivienda particular. Sin embargo, si el trabajador es visto en un lugar público como la terraza de un bar realizando una actividad incompatible con su baja, la prueba obtenida por el detective tendrá plena validez y puede fundamentar una carta de despido.

Un grupo de personas camina por el Parque Nacional de Las Tablas de Daimiel en Semana Santa

EFE

Un grupo de personas camina por el Parque Nacional de Las Tablas de Daimiel en Semana Santa

¿Puede la empresa vigilar mi ordenador?

La vigilancia de las herramientas de trabajo es otro punto de fricción. Lorente ha aclarado que una empresa tiene libertad para revisar un ordenador o móvil de empresa siempre que su uso sea exclusivamente profesional, según se haya notificado por escrito. En cambio, si el dispositivo tiene un uso mixto (personal y profesional), la empresa no podría acceder a él para fiscalizar al trabajador, ya que se estarían vulnerando otros derechos fundamentales.

Finalmente, el abogado ha recordado que no es legal que una empresa presione a un trabajador preguntándole constantemente por el motivo de su baja o la fecha de su reincorporación. Actualmente, es la propia Seguridad Social la que comunica a las empresas la información necesaria sobre la duración estimada de la baja a través de un fichero, protegiendo así la privacidad del empleado. Por todo ello, la recomendación principal es la prudencia y actuar siempre con cuidado durante una incapacidad temporal.

Este contenido ha sido creado por el equipo editorial con la asistencia de herramientas de IA.

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