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El Ayuntamiento de Corella aprueba las bases transaccionales de las tierras regables del Canal de Navarra: "Acción indispensable"

La corporación municipal aprobó las bases transaccionales de las tierras regables del Canal de Navarra

Agua para Corella

Agua para Corella

Javier Pérez-Nievas

Tudela - Publicado el - Actualizado

4 min lectura

En el último pleno celebrado en el Ayuntamiento de Corella, tres de los cuatro partidos que componen la corporación municipal aprobaron las bases transaccionales de las tierras regables del Canal de Navarra. Esta medida permitirá solucionar uno de los problemas a la hora de la realizar la concentración parcelaria en el municipio, acción indispensable para que Corella pueda contar con las 3.700 hectáreas asignadas en la segunda fase del Canal de Navarra.

Estas bases transicionales, denominadas “Bases Particulares para la suscripción de convenios transaccionales sobre recuperación de bienes comunales en Corella en los polígonos 5, 8, 9, 10 y 11”, afectan a todas las parcelas definidas por Gobierno de Navarra como comunales, en el ámbito de Montes de Cierzo, afectando a un total de 1.250 hectáreas. Esta medida salió adelante gracias los votos favorables de ACI, PSN y UPN, siendo el concejal del PP el único en oponerse.

Las Bases Particulares tienen como objetivo regular los convenios transaccionales a concertar por el Ayuntamiento de Corella con los propietarios de derecho en las parcelas anteriormente descritas. Por ello, con el único fin de resolver la concentración parcelaria y posibilitar llegada del agua del Canal de Navarra a la localidad, el Ayuntamiento de Corella, de acuerdo con Gobierno de Navarra, plantea diferentes fórmulas de acuerdos para la compensación de la posesión y los derechos de aprovechamiento de los actuales titulares registrales o catastrales. En concreto se plantean cuatro posibles fórmulas:

Opción 1. Reconocimiento del 60% de la superficie afectada al titular del aprovechamiento, entregando al comunal del Ayuntamiento el 40%.

§ Esta opción permite regularizar definitivamente la posesión de la tierra, dejando de existir vinculación entre las dos partes.

§ Con esta fórmula, el propietario de derechos puede sumar todos los metros cuadrados de todas sus parcelas, ya estén situadas en Montes de Cierzo o en Argenzón, y el 40% de la tierra pasará a titularidad comunal.

§ El 40% entregado no tiene por qué estar en la zona regable por el Canal. Si la persona afectada tiene terrenos en zona no regable, éstos computan igual en el 60/40.

§ En esta fórmula el propietario/a de derechos se puede quedar con su 60% en la zona regable y el 40% que pasa comunal en zonas nos regables.

Opción 2. El 40% de terreno entregado lo podrán continuar explotándolo en los terrenos que tenga el Ayuntamiento adjudicados como comunal

§ Reconocimiento del 60% de la superficie afectada al titular del aprovechamiento, entregando al Ayuntamiento la propiedad del 40%.

§ El propietario/a que se incline por esta opción, tiene derecho preferencial al aprovechamiento de un terreno de extensión similar al entregado por un plazo de 15 años por el que tendrán que pagar un canon por la tierra.

§ Las personas que firmen este tipo de acuerdo, tendrán sus parcelas propias en los lugares que les haya correspondido en la concentración parcelaria y el derecho preferencial a una parcela, del tamaño del terreno entregado (el 40%), en los terrenos comunales del ayuntamiento.

§ La cantidad que tendrá que abonar, será similar a la amortización anual que, por la inversión de la infraestructura del Canal, este pagando el Ayuntamiento por la parcela.

Opción 3. En el caso de disponer de una parcela un tamaño adecuado que haya quedado como parcela definitiva después de la concentración.

§ Reconocimiento del 60% de la superficie transaccionada al titular del aprovechamiento, entregando al comunal la propiedad del 40% la parcela que haya quedado como definitiva después de la concentración. El particular tendría un 60% y el comunal el 40% de una misma parcela, pero tanto en el catastro, como en el registro y la notaría, quedarían como dos parcelas distintas.

§ El propietario/a que se incline por esta opción, tiene derecho preferencial al aprovechamiento de la parcela comunal durante un plazo de 15 años por el que tendrán que pagar un canon por la tierra.

§ La cantidad que tendrá que abonar, será similar a la amortización anual que por la inversión de la infraestructura del Canal, este pagando el Ayuntamiento por la parcela.

Opción 4. Es el caso más excepcional y afecta a explotaciones industriales (renovables, granjas, etc.) y no agrícolas

§ Reconocimiento del 60% de la superficie transaccionada al titular del aprovechamiento, entregando al comunal la propiedad del 40% la parcela que haya quedado como definitiva después de la concentración. El particular tendría un 60% y el comunal el 40% de una misma parcela, pero tanto en el catastro, como en el registro y la notaría, quedarían como dos parcelas distintas.

§ Sobre la parcela resultante se tramitará posteriormente una cesión de uso durante un plazo máximo de 15 años.

El Ayuntamiento de Corella quiere recordar que este es un paso indispensable para la llegada del canal a la localidad. Por otro lado, desde el municipio se subraya la labor de la nueva oficina en la calle Emilio Malumbres nº 11, dónde se podrán solucionar todas estas cuestiones y cuya misión no es otra que trabajar para que el agua del Canal sea una realidad lo más pronto posible. Esta oficina está abierta al público los lunes, miércoles y jueves en horario de 9:30 a 12:30.

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