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La Rioja amplia hasta el 31 de enero las restricciones para hacer frente a la Covid-19

El Gobierno de La Rioja ha decidido ampliar hasta el 31 de enero las medidas implantadas para mitigar los efectos de la pandemia que en principio decaían el 24 de enero

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Foto: Europa Press

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 18:31

El Gobierno de La Rioja ha decidido ampliar hasta el 31 de enero las medidas implantadas para mitigar los efectos de la pandemia que entraron en vigor el pasado 28 de diciembre y que, en principio, decaían el próximo 24 de enero.

Así lo ha anunciado este miércoles el portavoz del Ejecutivo regional, Álex Dorado, a la vez que ha indicado que "esas medidas se han demostrado que son una herramienta efectiva que nos ayudó a contener la sexta ola y a disminuir la presión hospitalaria y la saturación del servicio sanitario".

También ha informado de que la instauración del pasaporte Covid ha ayudado a vacunar a parte de la población y ahora estamos casi con el 95 por ciento de población mayor de 12 años con -al menos- una dosis (lo que reduce del 8 al 5 por ciento el número de no vacunados) en nuestra región.

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LAS RESTRICCIONES

Publicadas en el Boletín Oficial de La Rioja:

Cierre anticipado: Se cierra la actividad de venta de bebidas alcohólicas, discotecas, salas de fiesta, salas de conciertos, bares, bares con licencia especial, cafeterías y restaurantes, bingos, salones de juego y apuestas y recreativos, así como establecimientos en espacios multifuncionales, de sociedades gastronómicas y peñas, bajeras y similares, desde la 1:00 hasta las 6:00 horas.

Hostelería y restauración: En los interiores de establecimientos con licencia de bar especial, café espectáculo, bares, cafeterías y restaurantes.

El consumo en barra, para permitirse, deberá cumplir la distancia de 1,5 metros entre clientes.

La distancia entre mesas será de 1,5 metros, medidos desde los extremos de las mismas.

Los establecimientos deberán contar con carteles visibles donde indiquen las medidas generales a cumplir por los clientes para evitar la transmisión del virus (distancia, higiene de manos y, sobre todo mascarilla).

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El uso de la mascarilla será obligatorio en todo momento salvo en el momento puntual de la consumición.

Todas las medidas establecidas para hostelería y restauración serán aplicables para sociedades gastronómicas, peñas, bajeras y similares, bingos, salones de juego y apuestas y recreativos, así como establecimientos en espacios multifuncionales cuando ejerzan actividad de hostelería y restauración.

Ocio nocturno.

En establecimientos con licencia de discoteca, salas de fiesta, bares con licencia especial, se mantendrá en interior la distancia de seguridad entre clientes de diferentes grupos de convivencia de 1,5 m.

El uso de la mascarilla será obligatorio en todo momento, incluido en el momento del baile, salvo en el momento puntual de la consumición.

Obligatoriedad del pasaporte COVID por lo que se requerirá para los accesos de las personas de 12 años o más.

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