Es Castell repartira los distintivos para poder aparcar en el casco urbano durante los meses de verano

El objetivo de la nueva ordenanza de aparcamiento de vehículos es dar prioridad a los residentes

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Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

4 min lectura

Esta semana, el Ayuntamiento empezará a repartir, casa por casa, los distintivos para los vehículos que podrán aparcar en el casco urbano de Es Castell durante los meses de verano.

Cabe recordar que el objetivo de la nueva ordenanza de aparcamiento de vehículos es dar prioridad a los residentes en el municipio durante el verano, obligando a los visitantes a aparcar en las bolsas de estacionamiento perimetrales.

Concretamente, la ordenanza prohíbe el aparcamiento en el casco urbano de Es Castell en las personas que no sean residentes en el municipio, durante el período comprendido entre el 1 de junio y el 30 de septiembre, en horario de 18 a 00:01 h. El resto del año, no habrá restricción alguna.

Las restricciones no afectarán a las urbanizaciones de Santa Anna, Sol del Este y Son Vilar.

No estarán sujetas a esta restricción las motocicletas, ciclomotores y bicicletas, los vehículos de emergencias y servicios públicos y los coches de personas con movilidad reducida.

Tarjeta A1: Tarjeta para los propietarios de vehículos que liquiden el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en Es Castell. No deben realizar ningún trámite. Recibirán el distintivo en la dirección postal que conste en el Ayuntamiento, previa comprobación de estar al corriente del pago del IVTM de año en curso.

Tarjeta A2: Tarjeta para los ciudadanos empadronados en Castell que sean titulares de un contrato de vehículo de arrendamiento o alquiler. Tienen que presentar el formulario de solicitud y el contrato de leasing o renting.

Tarjeta A3: Tarjeta para los propietarios de inmuebles situados en el término municipal de Es Castell, considerados éstos como segundas residencias, así como sus convivientes. Tienen que presentar el formulario de solicitud y el DNI del titular del vehículo. En el supuesto de no coincidir éste con el titular del inmueble, deberá presentarse el certificado de convivencia.

Tarjeta A4: Tarjeta para aquellas personas empadronadas en Castell que siendo titulares de un vehículo justifiquen el hecho de haber solicitado en sede municipal, y antes de día 1 de junio de cada año, el cambio de dirección fiscal del mismo. Tienen que presentar el formulario de solicitud. El Ayuntamiento comprobará que se cumple el requisito.

Tarjeta B1: Tarjeta para los servicios técnicos y de reparación, mediante la exhibición del impuesto sobre actividades económicas.Tienen que presentar el formulario de solicitud y el documento acreditativo de estar dado de alta en la actividad de servicios técnicos y reparación (Impuesto sobre actividades económicas).

Tarjeta B2: Tarjeta para trabajadores de negocios, comercios, actividades turísticas o hoteleras ubicadas dentro del término municipal. Tienen que presentar el formulario de solicitud y el correspondiente certificado de empresa que haga referencia al contrato de trabajo, dirección del establecimiento donde se preste el servicio y horario laboral, que deberá coincidir con la restricción de 18 a 00 h.

Tarjeta B3: Tarjeta para los clientes de los establecimientos hoteleros comprendidos dentro de la zona regulada de aparcamiento.La petición la deben realizar de forma telemática los establecimientos hoteleros antes del inicio de la temporada turística.

Se concederán un número máximo de tarjetas para cada establecimiento, correspondiente al 5% de camas de cada establecimiento, y siguiendo el criterio del personal técnico municipal. Tienen que presentar el formulario de solicitud y el documento acreditativo del número de camas autorizadas.

Tarjeta B4: Cualquier otra situación análoga a las anteriores que pueda ser valorada por el personal técnico municipal competente en regulación del tráfico.

El formulario de solicitud más los documentos necesarios en cada caso, se pueden presentar de manivela telemática, a través de la Carpeta Ciudadana, y en el Servicio de Atención al Ciudadano (plaza del Mercat, s/n), preferentemente en horario de 9 a 13h.

Todos los vehículos habilitados tendrán que exhibir la tarjeta en un lugar visible.

Las tarjetas de tipo A deberán ir pegadas al parabrisas del vehículo, en la su parte más baja ya la derecha según se mira desde el interior del vehículo, de modo que no estorbe la visibilidad del conductor.

Las tarjetas de tipo B tendrán que estar colocadas en un lugar visible en la parte delantera del vehículo.

Las tarjetas de tipo A1 tendrán una duración de 2 años, después de los cuales el Ayuntamiento las renovará de oficio, siempre que se mantengan las mismas condiciones.

Las demás tarjetas de tipo A tendrán una duración inicial de 2 años, y tendrán que ser nuevamente solicitadas transcurrido ese tiempo por las personas interesadas.

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