El TSXG confirma el recargo del 30% a Navantia y la auxiliar Nervión por la muerte de un trabajador en un accidente laboral en Ferrol

La sentencia desestima los recursos de ambas empresas y mantiene su responsabilidad en el fallecimiento de un empleado en 2016, al considerar que hubo "falta de coordinación" en las medidas de seguridad

Fachada del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, en A Coruña 

Redacción COPE Ferrol

Ferrol - Publicado el

2 min lectura

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la imposición de un recargo del 30% en las prestaciones de la Seguridad Social derivadas del accidente, como pensiones a la familia, a Navantia y a la contratista Nervión Industries Engineering and Services por el accidente laboral que causó la muerte de un trabajador de 49 años, en el astillero de Navantia Ferrol el 19 de mayo de 2016.

La sentencia, dictada por la Sala de lo Social, rechaza los recursos de suplicación presentados por ambas empresas y avala la resolución previa del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, que consideró probado un incumplimiento de las normas de prevención de riesgos laborales.

El accidente ocurrió cuando el trabajador accedió al interior de un tanque de un buque que estaba en uno de los diques, para reparar una grieta. Según la sentencia, cayó al fondo del tanque, desde más de diez metros de altura, al resbalar en una escalera sin protecciones colectivas (barandillas) y sin usar arnés, falleciendo por un shock traumático.

La autopsia reveló que el trabajador tenía 1,03 gramos de alcohol por litro en sangre, pero el tribunal destacó que esto no exime a las empresas de su responsabilidad, ya que el permiso de trabajo no especificó correctamente la necesidad de medidas anticaídas.

Así, el fallo estima que Navantia (como empresa principal) y Nervión (contratista) incumplieron su deber de coordinación en seguridad laboral.

El permiso de trabajo especial —firmado por técnicos de ambas empresas y un jefe de buque de Navantia— no identificó correctamente el riesgo de "trabajo en altura" ni exigió arnés.

El técnico de prevención de Navantia, empleado de otra auxiliar, fue condenado penalmente por no inspeccionar el área antes de autorizar los trabajos.

La sentencia recalca que, aun con alcohol en sangre, el accidente "podría haberse evitado" con medidas adecuadas, como protecciones colectivas o individuales, así como rechazar los argumentos de las empresas, que alegaron imprudencia temeraria del trabajador, tras el consumo de alcohol.

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