Condenan al CatSalut a indemnizar con 67.146 euros a un paciente por “mala praxis” en la atención por un corte en un dedo

La jueza considera que deberían haberse realizado más pruebas al joven para descartar la afectación del tendón

Atención a personas dependientes

José Ángel Ayala |COPE Lorca

CatSalut

Mar Puerto

Barcelona - Publicado el

3 min lectura

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Barcelona ha condenado al Servicio Catalán de la Salud (CatSalut) a indemnizar con 67.146 euros a un paciente por “mala praxis” en la atención que recibió en el CAP de Malgrat de Mar, cuando acudió por un corte realizado con un cúter en el pulgar de la mano derecha

El paciente, diseñador gráfico, acudió a este centro el 7 de diciembre de 2021 por el corte que se había hecho en el pulgar. Allí le curaron la herida y le colocaron una férula, sin realizarle ninguna prueba adicional. Posteriormente, tuvo que ser intervenido quirúrgicamente en dos ocasiones porque existía afectación del tendón. El juzgado estima su demanda y concluye que se le deberían haber hecho más pruebas en la primera atención para descartar la afectación del tendón.

El denunciante sostiene que se produjo una negligencia médica en el CAP, ya que no se le realizó una exploración cuidadosa, no se le derivó al hospital ni se le practicó ninguna prueba de imagen, a pesar de que no podía mover el dedo. Además, según su defensa, representada por Grau Advocats, el paciente acudió a realizarse curas los días 9, 14 y 20 de diciembre, y que el día 14 la enfermera ya dejó constancia de que el paciente no realizaba la flexión completa de la última falange.

corte en un dedo

corte en un dedo

El 20 de diciembre, catorce días después del accidente, fue derivado con carácter urgente al Hospital Sant Jaume de Calella, ya que no podía flexionar ni extender el pulgar de la mano derecha. Allí se le programó una intervención quirúrgica para el 23 de diciembre, por una herida con probable rotura del tendón flexor largo del pulgar.

El juzgado sentencia que se produjo una “mala praxis”, en la medida en que, ante la herida sufrida, se debería haber sospechado la existencia de una rotura del tendón flexor y haber realizado estudios de imagen o una exploración quirúrgica precoz. Añade, siguiendo el criterio de un perito, que toda herida en el trayecto del tendón flexor del pulgar debe considerarse potencialmente tendinosa “hasta que se demuestre lo contrario”, siendo necesaria una exploración clínica cuidadosa, “que no consta que se llevara a cabo”.

Por otro lado, y también citando al perito, el juzgado pone de manifiesto que existen mayores probabilidades de reparación del tendón y menos complicaciones si la intervención se realiza en las primeras 24-48 horas, en comparación con cuando se lleva a cabo a partir de los siete días.

Por todo ello, el juzgado concluye que en la primera consulta “pasó desapercibida la sección del tendón” y que la falta de valoración de la gravedad de la lesión “impidió la cirugía con carácter urgente”.

Asimismo, el juzgado señala que debe tenerse en cuenta que el denunciante, de 31 años, es diseñador gráfico. El joven estuvo 873 días de baja laboral y por todo ello su defensa solicitaba una indemnización superior a 71.000 euros. Finalmente, la sentencia fija una cantidad de 67.146,76 euros.

 La sentencia concluye que existió mala praxis médica por no haberse realizado una evaluación adecuada ni pruebas diagnósticas iniciales ante una herida con posible afectación tendinosa, lo que retrasó el tratamiento quirúrgico y agravó las consecuencias para el paciente. Como resultado, el CatSalut ha sido condenado a indemnizar al afectado por los daños sufridos y el prolongado periodo de baja laboral.  

Temas relacionados

Programas

Último boletín

17:00 H | 15 DIC 2025 | BOLETÍN

Boletines COPE
Tracking