229.000 autónomos trabajan bajo temperaturas extremas en Cataluña, según la UGT

El sindicato denuncia la "grave situación de desprotección" de miles de trabajadores por cuenta propia

El calor supone un gran riesgo para la seguridad de los trabajadores

El calor supone un gran riesgo para la seguridad de los trabajadores

Montse Rodríguez

Barcelona - Publicado el

2 min lectura

Más de 229.000 autónomos trabajan bajo temperaturas extremas en Cataluña, un 41% del total de trabajadores por cuenta propia. Es lo que ha expuesto el sindicato UGT en un comunicado, en que denuncia la “grave situación de desprotección” del colectivo.

El sindicato considera que los protocolos actuales de prevención son “claramente insuficientes” y, en el caso de los autónomos, la situación es “especialmente crítica” porque se encuentran “sin apoyo técnico” y “sin capacidad de invertir en mejoras estructurales” para hacer frente a las altas temperaturas. Por este motivo, la UGT considera imprescindible aprobar una ley de prevención de riesgos laborales “adaptada al trabajo autónomo” y reclama situar este problema en la agenda política. 

 Construcción o terrazas, sectores más afectados  

El sindicato sitúa entre los sectores más afectados la agricultura, la construcción, la hostelería en terrazas, el reparto de mercancías y el comercio de proximidad sin climatización, entre otras. En el comunicado, recuerda que en estos ámbitos la actividad implica jornadas prolongadas bajo el sol, exigencia física elevada y exposición continuada al calor. Todo ello, asegura, compuerta un “riesgo real y creciendo de sufrir problemas de salud graves” y es una “realidad cronificada e invisibilizada”.

QUÉ DICE LA LEY AL RESPECTO

La legislación española, en particular el Real Decreto-ley 4/2023, establece la obligación de las empresas de proteger a los trabajadores durante las olas de calor, pudiendo llegar a prohibir trabajos al aire libre bajo alertas rojas o naranjas por temperaturas extremas. Además, se deben adoptar medidas como la adaptación de las jornadas laborales, reducción de la exposición al calor o la provisión de agua y zonas de descanso. 

Legislación y medidas:

Real Decreto-ley 4/2023:

Este decreto aborda la prevención de riesgos laborales en situaciones de calor extremo, estableciendo la obligación de las empresas de proteger a los trabajadores. 

Prohibición de trabajos al aire libre:

En caso de alertas naranja o roja por altas temperaturas emitidas por la AEMET, se pueden prohibir ciertas actividades al aire libre. 

Adaptación de las condiciones de trabajo:

Si no se puede garantizar la protección de los trabajadores, se deben tomar medidas como la reducción o modificación de la jornada laboral. 

Evaluación de riesgos:

Las empresas deben evaluar los riesgos laborales relacionados con el calor y establecer medidas preventivas como la provisión de agua, zonas de descanso o la adaptación de las tareas. 

Derechos del trabajador:

Si el trabajador considera que existe un riesgo grave e inminente para su salud, puede interrumpir su actividad y comunicarlo a la empresa. 

Consideraciones adicionales:

Trabajos en interiores:

Aunque no hay una temperatura máxima establecida para trabajos en interiores, el Real Decreto 486/1997 establece que las condiciones ambientales, incluida la temperatura, deben ser adecuadas para la salud de los trabajadores. 

Temperatura recomendada:

Para trabajos sedentarios, se recomienda una temperatura entre 17 y 27 grados Celsius, mientras que para trabajos ligeros, entre 14 y 25 grados Celsius, según Europreven. 

 En resumen;  

La legislación española busca proteger a los trabajadores ante el calor extremo, obligando a las empresas a tomar medidas preventivas y adaptando las condiciones laborales cuando sea necesario. 

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