José Manuel Sánchez Merino, culpable de asesinar a Lorena Dacuña sin ensañamiento

El jurado popular que juzgaba el crimen de febrero de 2020 rechaza la agravante; la Fiscalía y la defensa solicitan 20 años de prisión, y las acusaciones, 25

Foto Juicio Lorena Dacuña - Acusado (Europa Press)

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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El jurado popular que ha seguido el juicio contra José Manuel S.M., autor confeso del asesinato a cuchilladas de la gijonesa Lorena Dacuña, de 41 años, en febrero de 2020, ha descartado que en los hechos concurra la agravante de ensañamiento.

Tras el desarrollo de las tres primeras sesiones del juicio, la defensa del acusado anunció que se adhería a la calificación de los hechos realizada por la Fiscalía, asesinato con las agravantes de parentesco y desprecio de género, pero no con ensañamiento, como sí apreciaban la acusación particular ejercida por la familia de la víctima y la popular de Abogadas por la Igualdad.

El jurado, que ha estado alrededor de ocho horas deliberando, ha considerado que José Manuel S.M. mató a su expareja la madrugada del 2 de febrero de 2020 pero ha descartado la agravante de ensañamiento al no encontrar pruebas de que el acusado quisiera infringir un "extraordinario y desmedido dolor a la víctima".

Tras la lectura del veredicto, la Fiscalía ha confirmado su escrito de acusación y ha solicitado 20 años y un día de cárcel para el acusado y 60.000 euros de indemnización para el hermano de Lorena, pero ha rebajado de diez a cinco los años de libertad vigilada.

La Abogacía del Estado, por su parte, se ha adherido a la petición del Ministerio Público al igual que lo ha hecho la defensa del procesado.

La acusación particular ha mantenido la petición de 25 años de prisión, por ser la máxima pena de cárcel que le permite la ley para ese delito, y ha reclamado diez años de libertad vigilada y 60.000 euros de indemnización, una petición a la que se ha sumado la acusación popular.

Tras conocer el veredicto, el hermano de la víctima, Francisco José Dacuña, ha afirmado no entender la decisión de la Fiscalía de rebajar a cinco los años de libertad vigilada, ya que el acusado "confesó y todos los testigos están de acuerdo en que era un maltratador" que controlaba la vida a su hermana.

Además, ha afirmado que, tras escuchar en el juicio que el acusado dijo en la cárcel que quería acabar con su vida, esos diez años de libertad vigilada le aportarían más tranquilidad.

El procesado aseguró en la primera sesión de la vista oral que la muerte de su expareja se produjo de manera accidental cuando la mujer se abalanzó sobre él y le cogió la mano en la que llevaba un cuchillo, en un momento en el que estaba drogado y borracho, por lo que no recuerda más de lo ocurrido.

Frente a ello, los forenses apuntaron que Lorena recibió cerca de una veintena de puñaladas y que murió de una, asestada en el corazón, que no pudo ser casual o accidental.

El acusado, que ha asumido los hechos y ha pedido perdón, ha negado haber sido controlador con Lorena Dacuña, una versión contraria a la que han aportado amigos y familiares que han asegurado que era celoso y le controlaba por el teléfono móvil.

En su informe definitivo, la Fiscalía sostenía que en la madrugada del 2 de febrero de 2020, tras acabar el turno en la sidrería en la trabajaba como camarero el acusado, una persona "controladora y celosa", fue a su casa a coger un cuchillo que metió en una mochila y se dirigió al bar donde le habían dicho que Lorena estaba con otro hombre.

El acusado esperó a que salieran del local, les siguió hasta el domicilio de la víctima y, tras esconderse en las escaleras del rellano, les empujó cuando ella abría la puerta de casa, según el relato del Ministerio Público.

La víctima cayó al suelo, momento en que el procesado aprovechó para sacar el cuchillo, que se le rompió, por lo que entró en la cocina a buscar otro.

Fue entonces cuando el acompañante de Lorena huyó dejando a la mujer en el piso, donde el acusado le acabó matando de numerosas cuchilladas.

En el juicio estaba citado como testigo el acompañante de la víctima, pero no compareció, por lo que el tribunal decidió dar por válida la declaración que hizo en instrucción, en la que en la que relataba que entró en pánico y huyó pensando que el acusado podía ser el marido de la víctima.

El acusado, para cuya localización se había movilizado a todas las comisarías del país ante la posibilidad de que hubiera huido de Asturias, fue detenido el 5 de febrero en un piso de Gijón en el que había alquilado una habitación.

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