Lo que tienes que saber si vas a alquilar un balcón en Sevilla para esta Semana Santa: "Cuidado con meterse 40 personas a ver un paso"

El alquiler de un espacio para ver las procesiones se ha duplicado hasta los 6.000 euros de media, una práctica con estrictas normas de seguridad y fiscales

Lo que tienes que saber si vas a alquilar un balcón en Sevilla para esta Semana Santa: precios desorbitados y normas que cumplir
00:00
Eduardo G. Castro, Censor del Colegio de Administradores de Fincas de Sevilla

Lo que tienes que saber si vas a alquilar un balcón en Sevilla para esta Semana Santa: precios desorbitados y normas que cumplir

Laura Cascajosa

Sevilla - Publicado el

3 min lectura6:11 min escucha

El alquiler de balcones en Sevilla para Semana Santa se ha convertido en un negocio al alza, con precios que este año alcanzan los 6.000 euros de media, el doble que hace apenas tres años. Ante esta alta demanda, el Colegio de Administradores de Fincas de Sevilla (CAF) ha emitido una serie de advertencias sobre las obligaciones legales y, sobre todo, los riesgos de seguridad. Así lo ha explicado Eduardo G. Castro, censor del colegio, en el programa 'Herrera en Cope Más Sevilla', donde ha puesto el foco en un aspecto crítico: el peso que realmente puede soportar un balcón.

Un balcón puesto en alquiler para la Semana Santa de Sevilla

Europa Press

Un balcón puesto en alquiler para la Semana Santa de Sevilla

El peso, la principal preocupación en seguridad

Más allá de las cifras económicas, la advertencia más importante de los administradores de fincas se centra en la seguridad estructural de los balcones. Eduardo G. Castro ha hecho un llamamiento al sentido común, recordando que estos espacios tienen un límite de carga. "Los balcones tienen una limitación de peso. Cuidado con con meterse 40 personas a ver un paso, y resulta que al final tengamos algún problema de caída de elemento a la calle", ha alertado el experto.

Cuidado con meterse 40 personas a ver un paso, pueden caer elementos a la calle"

Castro ha explicado que muchos de estos balcones, al estar "en vuelo", pueden ver comprometida su estructura si se sobrecargan. Además, ha señalado que la instalación de elementos como toldos puede dañar la armadura del hormigón con el tiempo. Ante la duda, su recomendación es clara: "Habrá que irse un poquito al sentido común y preguntarle al técnico, un arquitecto". El censor del CAF ha confesado que algunas escenas le provocan temor: "Todos conocemos balcones en determinados momentos, de otras celebraciones aquí, que están llenos de gente, a mí me dan bastante miedo, la verdad".

Precios desorbitados por una vista privilegiada

La alta demanda por presenciar las procesiones desde ubicaciones privilegiadas ha disparado los precios. El alquiler para toda la Semana Santa alcanza los 6.000 euros de media, pero en puntos de la Carrera Oficial y con servicios de catering puede rozar los 9.000 euros. Por días, las tarifas oscilan entre los 80 y los 300 euros en zonas de paso de varias hermandades, con picos durante la Madrugá en la Avenida de la Constitución o la calle Sierpes. Otras zonas céntricas como la Cuesta del Bacalao resultan algo más asequibles.

Balcón en la calle Tetuán con colgaduras en su baranda

Luis Romero

Balcón en la calle Tetuán con colgaduras en su baranda

Normas y fiscalidad a tener en cuenta

El alquiler de un balcón no es una práctica sin regulación. Castro ha recordado que "la normativa interna de la comunidad te puede limitar el uso de un balcón". Los estatutos del edificio pueden establecer condiciones de aforo, seguridad e incluso prohibir el uso de adornos y colgaduras en la fachada, que es un elemento común. Por tanto, un propietario podría encontrarse con la sorpresa de que la comunidad le obligue a retirarlo todo.

Desde el punto de vista fiscal, el CAF subraya que, aunque sea por corta duración, constituye una actividad económica sujeta a obligaciones. Es crucial diferenciar si se alquila solo el balcón o la vivienda completa. Si se arrienda el piso entero, "es imprescindible que el inmueble disponga de la correspondiente licencia turística", ha aclarado Castro. Si es solo el balcón, la operación también tiene implicaciones.

El alquiler de balcones, de manera independiente, constituye una actividad no exenta de IVA"

Los ingresos obtenidos "deben reflejarse en la declaración de la renta como rendimientos del capital inmobiliario". Como ha insistido Eduardo G. Castro, "el alquiler de balcones considerado de manera independiente constituye una actividad sujeta y no exenta de IVA, por lo que conlleva la correspondiente obligación de repercutir este impuesto". La omisión de estos ingresos puede acarrear sanciones de entre el 50% y el 150% de la cuantía no declarada. Por ello, el experto recomienda que todo quede "muy bien recogido en contrato" y se declaren los ingresos para evitar problemas.

Este contenido ha sido creado por el equipo editorial con la asistencia de herramientas de IA.

Escucha en directo

En Directo COPE MÁS SEVILLA

COPE MÁS SEVILLA

En Directo COPE SEVILLA

COPE SEVILLA

Herrera en COPE

Herrera en COPE

Con Carlos Herrera

Lunes a viernes de 06:00h a 13:00h

Programas

Último boletín

5:00H | 27 MAR 2026 | BOLETÍN

Boletines COPE
Tracking