ECONOMÍA

Subsidio por desempleo: la nueva ayuda a los parados que ya está disponible

Las personas en paro pueden solicitar esta nueva prestación si cumplen los requisitos

Subsidio por desempleo: la nueva ayuda a los parados que ya está disponible

Redacción digital

Madrid - Publicado el

2 min lectura

Nueva prestación para personas que se encuentren desempleadas. La gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que ha lanzado esta nueva ayuda con criterios claros para personas en situación de desempleo.

En concreto va dirigido a las personas que ya han agotado el paro al que tuvieran derecho y que una vez consumida esa prestación siguen buscando trabajo.

Los requisitos para poder acceder a esta ayuda son claros:

En cuanto al importe según información facilitada por el SEPE la prestación se sitúa en torno a los 451,95 euros mensuales durante un período de seis meses.

También hay que saber que si se solicita esta prestación y no se obtiene se podrá volver a solicitar al cabo de un año.

La forma de gestionar esta ayuda es sencilla. Se puede proceder a través de la Sede Electrónica del SEPE donde se solicita una cita previa para la gestión de forma presencial en las oficinas de prestaciones.

Los técnicos de las distintas oficinas serán los encargados de realizar las labores necesarias para poder recibir la ayuda.

Cómo saber si una solicitud de prestación ha sido aprobada

Una vez tramitada toda la documentación para saber si se ha aceptado y según informa el Gobierno hay que saber que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) está obligado a dictar resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla a la persona interesada. Una vez sea resuelta su solicitud de prestaciones, recibirá en su domicilio o en el que nos haya facilitado para las notificaciones, la resolución del SEPE comunicándole si su solicitud ha sido aprobada o denegada, indicándole los motivos en este último caso.

No obstante, en cualquier momento, podrá informarse sobre el estado de tramitación del expediente:

En la página Web del SEPE (si dispone de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña cl@ve.

En el servicio de atención telefónica a la ciudadanía.

En la oficina de prestaciones en la que se presentó la solicitud, previa petición de cita (por teléfono o en la Web del SEPE).

Si transcurridos tres meses desde la fecha de presentación de su solicitud, no se ha recibido la resolución, podrá entender que le ha sido denegada por silencio administrativo. En este caso, se podrá presentar una reclamación previa a la vía judicial.

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