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Novedades y requisitos para lograr las ayudas al alquiler en el casco histórico de Almería

La principal novedad que incluyen las bases es la ampliación del rango de edad.

Novedades y requisitos para lograr las ayudas al alquiler en el casco histórico de Almería

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 04 abr 2021

La Empresa Municipal de la Vivienda 'Almería XXI' se encargará a partir de ahora de materializar las ayudas municipales al alquiler de vivienda en la zona delimitada dentro del Casco Histórico de la ciudad. Con el objeto de facilitar y potenciar el acceso a las mismas, así como incentivar el alquiler de viviendas, basándose en la ordenanza municipal utilizada en años anteriores a través del Área de Familia, Igualdad de Oportunidades y Participación Ciudadana, se han aprobado, por unanimidad, las nuevas bases reguladoras para la concesión de dichas ayudas, que en breve abrirá la nueva convocatoria de ayudas, con una cuantía total de 50.000 euros, “cantidad que podrá incrementarse en función de las solicitudes que se reciban”, ha precisado la consejera delegada de 'Almería XXI', Ana Martínez Labella.

NOVEDADES

La principal novedad que incluye las bases es la ampliación del rango de edad, antes establecido en menores de 35 años y ahora extendido a personas menores de 45 años, inclusive, en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados. Además se modifica el plano que delimita la zona del Casco Histórico, restringiéndose a la zona más antigua y que, según los datos, sufren una mayor despoblación.

Otra modificación que se introduce en estas nuevas bases refiere el periodo subvencionable que, en este caso, se corresponde con el año natural de 2021, o periodo desde la fecha de inicio del contrato de arrendamiento hasta su finalización. “Con anterioridad, el periodo subvencionable era desde el momento de la publicación de las bases y abierta la convocatoria. Ahora se toma el año natural, lo que significa que si publicamos las bases a lo largo del mes de abril, se podrá aplicar con carácter retroactivo”, ha explicado Martínez Labella.

El pago de la subvención concedida se hará mensual y dentro de los cinco primeros días de cada mes, “un aliciente más para las familias que no tendrán que esperar a la conclusión del año natural para recibir la ayuda municipal”, ha destacado también la edil popular, uniendo esta novedad al mantenimiento de la convocatoria abierta “hasta agotar disponibilidad presupuestaria, susceptible de ser además ampliada”.

En las bases aprobadas se incluye también que la valoración de las solicitudes se realice cada 30 días, permitiendo mayor dinamismo tanto a la hora de baremar como que se pueda agotar la partida dispuesta.

Las bases de la convocatoria incluyen, como criterios objetivos puntuables para la concesión de subvención, el que la persona solicitante y/o alguno de los miembros que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada haya sido víctima de violencia de género, tengan algún miembro con discapacidad igual o superior al 33% o haya al menos una persona menor de edad, entre otros.

REQUISITOS

El titular del contrato de arrendamiento beneficiario de esta subvención, además de residir en la vivienda objeto del contrato, deberá acreditar estar empadronado en la misma, con una antelación mínima de seis meses a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

No podrá tener relación alguna de parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con la persona arrendadora de la vivienda, o ser su socia o partícipe, se trate de persona física o jurídica. En su solicitud, los posibles beneficiarios de estas ayudas deberán acreditar unos ingresos anuales iguales o inferiores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), es decir, 23.725,80 euros. Dicho umbral será de cuatro veces el IPREM, 31.634,40 euros, si se trata de una familia numerosa de categoría general, y de cinco veces el IPREM, 39.543 euros cuando se trate de familias numerosas de categoría especial o con algún miembro con discapacidad de al menos el 33%.

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