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Pegatinas DGT para motos: ¿Cómo saber si tu motocicleta podrá circular por Madrid?

Todo lo que necesitas saber sobre las nuevas etiquetas para las motos

Pegatinas DGT para motos: ¿Cómo saber si tu motocicleta podrá circular por Madrid?
Juan Cascón Baños
@frikipandiSubirector Técnico de la Web Grupo COPE

Madrid

Tiempo de lectura: 4'Actualizado 09 oct 2018

Este lunes 8 de octubre entra en vigor el nuevo protocolo para mejorar la calidad del aire en Madrid. Esto implica que los vehículos más contaminantes no podrán circular por la capital cuando se superen los niveles de ‘aviso’ y ‘preaviso’, es decir, a partir del ‘escenario dos’.

El Ayuntamiento de Madrid ha informado de que los coches y motos tienen un plazo de seis meses para llevar visible en Madrid el distintivo medioambiental de la DGT desde la entrada en vigor de la Ordenanza de Movilidad Sostenible (que se aplicará en un plazo de entre cinco y 15 días). La clasificación de estos vehículos se realiza según su año de matriculación y no solo para coches, también se utiliza para motos y motocicletas.

Las motos sin etiqueta ambiental no podrán circular en la almendra central durante el escenario 2 y en toda la ciudad en el 3. Por lo que la pegatinas de la DGT para coches y motos pasan a ser obligatorias en Madrid. Antes eran voluntarias e informativas.

El nuevo protocolo de contaminación de Madrid utiliza los distintivos ambientales creados por la Dirección General de Tráfico para clasificar a las motos y permitirles o no circular, acceder a zonas de las ciudades. Se diseñaron para eso: "Las Administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, promoverán los sistemas de transporte público y privado menos contaminantes", explica la DGT. En el 2020 estarán en todoas las ciudades.

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha clasificado al parque de motocicletas y ciclomotores en función de su potencial contaminante, cumpliendo así una de las medidas del Plan Nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera (Plan Aire) encomendada a la Dirección General de Tráfico.

Tanto las partículas, como el dióxido de nitrógeno tienen en el tráfico rodado la principal fuente de emisión en las grandes ciudades y propone la clasificación de los vehículos en función de los niveles de contaminación que emiten y no en la fecha de fabricación.

Esta clasificación tiene como objetivo discriminar positivamente a las motos más respetuosas con el medio ambiente y ser un instrumento eficaz en políticas municipales, tanto restrictivas de tráfico en episodios de alta contaminación que pasan a ser obigatorias en algunas ciudades comoe Madrid.

La clasificación de las motocicletas está consignada en el registro nacional de vehículos de la DGT y a la misma pueden acceder en tiempo real los organismos con competencia en materia de movilidad, seguridad vial, tributaria o en medio ambiente.

Las etiquetas de la DGT para motos tienen cinco niveles de catalogación, que son:

Pegatina DGT CERO para motos:
La DGT tiene un distintivo no basado en la fecha de la placa sino en las características del vehículo. La etiqueta de CERO emisiones para motos eléctricas o los híbridas que puedan enchufarse y tengan un autonomía de más de 40 kilómetros. Tienen libertad de movimiento y van a poder aparcar gratuitamente.

Pegatina DGT ECO para motos:
Las etiquetas de ECO para motos eléctricas o los híbridas que puedan enchufarse y tengan un autonomía inferior a 40 kilómetros. Tienen libertad de movimiento y van a poder aparcar gratuitamente.

Pegatina DGT C para motos:
Las etiquetas de C para motos son las que tiene un motor que cumple con la normativa Euro 3 o Euro 4. En el escenario 5 no podran circular.

Pegatina DGT B para motos:
Las etiquetas de B para motos son las que tiene un motor que cumple con la normativa Euro 2. En el escenario cuatro para cuando el nivel de aviso se mantenga durante cuatro días consecutivos no podran circular

Sin etiqueta para motos:
Durante el escenario 2, tendrán prohibido circular, incluidas las motocicletas, en la almendra central y en la M-30.

¿Cómo puedo obtener la pegatina de la DGT para una moto?

Puede adquirir estas etiquetas en cualquiera de las 2.500 oficinas de Correos de España, en talleres seleccionados y a través de su Gestor administrativo presentando el permiso de circulación y el DNI del propietario. Las etiquetas tienen un precio de 5 euros.

Se recomienda pegarla en lugar visible para facilitar la identificación del vehículo y beneficiarse así de las ventajas que las distintas autoridades puedan establecer a este tipo de vehículos más respetuosos con el medio ambiente.

¿Cómo saber si tu moto podrá circular por Madrid durante los picos de contaminación?

Para comprobar si a su moto le corresponde etiqueta puedes consultar la etiqueta que les corresponde pueden hacerlo a través de la web de la DGT introduciendo la matrícula de su vehículo.

Las motocicletas que se han catalogado en esta ocasión corresponden a:

Ciclomotores de dos ruedas o de tres ruedas: Vehículo de dos ruedas o de tres ruedas, provisto de un motor de cilindrada no superior a 50 cm3, si es de combustión interna, y con una velocidad máxima por construcción no superior a 45 km / h.

Cuadriciclos ligeros: Vehículos de cuatro ruedas con una masa en vacío inferior a 350 kg (sin incluir la masa de las baterías en el caso de los vehículos eléctricos), una velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/h con un motor de cilindrada inferior o igual a 50 cm3 para los motores de explosión, o una potencia máxima neta inferior o igual a 4 kW para los otros tipos de motores.

Motocicletas de dos ruedas: Vehículos de dos ruedas sin sidecar, provistos de un motor de cilindrada superior a 50 cm3, si es de combustión interna, y / o con una velocidad máxima por construcción superior a 45 km / h.

Motocicletas con sidecar: Vehículos de tres ruedas asimétricas respecto a su eje medio longitudinal, provistos de un motor de cilindrada superior a 50 cm3, si es de combustión interna, y/o con una velocidad máxima por construcción superior a 45 km / h.

Os dejemos todos los escenarios de contaminación que hay en Madrid.

Escenario 1:

Como hasta ahora, solo habrá restricciones en la velocidad máxima. Cuando al menos dos estaciones de la misma zona superen los 180 microgramos y después de un día en situación de preaviso. Se reduce la velocidad máxima en la M-30 a 70 km/h.

Escenario 2:

Cuando se llevan dos días seguidos en preaviso o uno en aviso. A las restricciones anteriores se suma la prohibición de circular dentro de la M-30 a todos los vehículos que no lleven la pegatina de la DGT (ojo, las motocicletas están incluidas) entre las 06:30 y las 22:00. Solo podrán circular los vehículos que tengan los siguientes distintivos de la DGT: Cero emisiones, ECO, C y B. 

Además, solo pueden aparcar dentro de la zona SER los que tengan la clasificación de Cero Emisiones o ECO. (A grandes rasgos, los vehículos eléctricos o híbridos).

Escenario 3:

Tres días seguidos en preaviso o dos en aviso. Se mantienen las limitaciones anteriores y, además, se prohíbe circular a los vehículos sin pegatina de la DGT en todo el término municipal, motos incluidas. Hasta ahora, este escenario es el que establecía que solo pudieran circular vehículos con matrículas alternas y solo se ha activado en una ocasión, en el año 2016. 

Escenario 4:

Cuatro días consecutivos en nivel de aviso. A las medidas anteriores se suma la prohibición de circular dentro de la M-30 a todos los vehículos que no tengan la clasificación de Cero Emisiones o ECO. Este escenario nunca se ha aplicado.

Escenario 5:

Es el nivel más alto, el de alerta. Se prohíbe circular en todo el municipio a los vehículos que no sean Cero Emisiones o ECO.

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