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Atento al nuevo reconocimiento médico que pide a partir de ahora la DGT para renovar el carnet de conducir

La DGT ha decidido introducir una serie de cambios para unificar criterios en el reconocimiento médico que determina si un conductor es apto para ponerse al volante

Mujer realizando un test visual en un reconocimiento médico

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 21:38

Es sabido por todos que los conductores tienen que superar necesariamente un reconocimiento médico para poder sacarse o renovar el carnet de conducir. En España, los Centros de Reconocimientos de Conductores (CRC) son los encargados de determinar si una persona tiene la aptitud psicofísica para conducir o no. Siguiendo las pautas de la Dirección General de Tráfico, médicos y psicólogos valoran si el conductor que padece una alteración o enfermedad tiene un verdadero riesgo al volante, o se trata de algo asumible y se puede evitar con ciertas medidas.

Con el objetivo de hacer un examen más exhaustivo y completo para mejorar la seguridad vial, la DGT ha implantado cambios en el reconocimiento médico que se realiza antes de renovar el permiso de conducción. Lo normal es que durante la revisión, en primer lugar, se compruebe que el conductor está en plenas facultades físicas. Se realizan pruebas de aptitud visual, capacidad auditiva y reflejos, y se pregunta al conductor sobre las enfermedades padecidas, tanto físicas como psicológicas. El examen finaliza con una prueba frente a una máquina similar a un videojuego para evaluar la capacidad de reacción y la coordinación.

A partir de ahora, con los cambios introducidos en el protocolo habitual, se tiene en cuenta la historia clínica del paciente, la exploración psicofísica, informes externos que el conductor pueda aportar, y si hay medios o medidas preventivas para que la persona pueda tener el carnet de conducir. Además, los profesionales sanitarios deberán tener en cuenta el aspecto físico del conductor, así como su forma de caminar o moverse. También si presta atención y no responde erráticamente a las preguntas o si utiliza algún tipo de ayuda (prótesis, bastón o muletas). Todas estas observaciones permiten orientar al médico para detectar posibles patologías que no reconozca el examinado y que puedan necesitar una valoración específica.

Más atención al nivel de riesgo y las adaptaciones del vehículo

Se añade, por otro lado, una evaluación para que el facultativo analice el nivel de riesgo que pueda presentar el conductor atendiendo a sus circunstancias personales y profesionales. Es decir, el riesgo al que se expone según sus condiciones y el tiempo que pasa al volante, por ejemplo, en el caso de los conductores profesionales. Para paliar esto se pueden poner, por ejemplo, limitaciones a la conducción en horas nocturnas o restringirla a una serie de kilómetros determinada.

El nuevo protocolo también establece fórmulas para calcular índices y códigos de restricción en función de la discapacidad. La DGT hace hincapié en las adaptaciones que se pueden incorporar a un vehículo para que una persona pueda conducir a pesar de algunas limitaciones, ya sean de manera temporal o permanente. Por ejemplo, añadir unos espejos retrovisores de mayor tamaño para compensar una capacidad auditiva limitada.

Por otra parte, desde ahora se realiza un examen psicólogo más exhaustivo. Se especifican detalladamente aspectos como demencia, trastornos amnésicos o psicóticos, trastornos del estado de ánimo, del sueño, o déficit de atención, entre otros. Asimismo, existe un amplio apartado para analizar trastornos derivados del consumo de sustancias: alcohol, drogas o fármacos.

Este protocolo de la Dirección General de Tráfico, en vigor desde el pasado verano, actualiza el anterior de 2007, y trata de unificar criterios. Es una guía, según explica Tráfico, que busca “dar un nuevo enfoque centrado en facilitar la labor de cribado, ofrecer criterios y puntos de corte para simplificar la toma de decisiones sobre la aptitud y potenciar la intervención preventiva del CRC trabajando el consejo preventivo”.



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