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La Justicia avala las restricciones a la movilidad en 5 zonas de salud de Madrid

En un auto, la sección octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJM ratifica estas restricciones a petición de los servicios jurídicos de la Comunidad de Madrid

La Justicia avala las restricciones a la movilidad en 5 zonas de salud de Madrid

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 21:12

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ratificado las medidas sanitarias de restricción de la movilidad en cinco zonas básicas de salud acordadas por la Consejería de Sanidad de la Comunidad madrileña para hacer frente a la pandemia del coronavirus COVID-19 una vez finalizado el estado de alarma.

Se trata de las zonas básicas de salud de Daroca y Vicente Muzas en los distritos de Ciudad Lineal y Hortaleza de la capital madrileña, respectivamente, además de Las Ciudades (Getafe), Las Rozas y Reyes Católicos (San Sebastián de los Reyes).

En un auto, la sección octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJM ratifica estas restricciones a petición de los servicios jurídicos de la Comunidad de Madrid, que han contado además con el visto bueno de la Fiscalía.

A la vista de los datos sobre la propagación del covid en esas zonas, la Sala respalda "la limitación de la movilidad acordada, que no es otra que la protección de la salud evitando una mayor propagación del virus", por lo que considera que se trata de una medida "necesaria e idónea para el fin perseguido, que no es otro que evitar la mayor difusión a otras zonas de una enfermedad altamente contagiosa".

La Sala recuerda que ya se ha pronunciado en ocasiones anteriores sobre ratificación de medidas adoptadas por la Comunidad de Madrid similares y ya ha sido "afirmada" la "cobertura legal y la competencia de las autoridades sanitarias autonómicas" para adoptar este tipo de medidas que supongan limitar derechos fundamentales "en una situación de pandemia como la actual motivada por razones de urgencia o necesidad".

En este caso el derecho que se limita es el de la movilidad, cuya restricción considera la Sala en este caso justificado para "la protección de la salud pública, evitando la propagación del virus a otras zonas y reduciendo su mayor incidencia en otras poblaciones".

Los derechos fundamentales, argumenta el auto, "no tienen un contenido esencial absoluto y pueden y deben ceder en ocasiones en su confrontación con otros derechos esenciales para cuya garantía puede ser necesario restringirlos".

Los magistrados se reafirman en que "la limitación de los derechos fundamentales por la autoridad autonómica, sin acudir a la declaración de estado de alarma (...)es perfectamente posible siempre que su previsión se contenga en una ley Orgánica, de conformidad con la doctrina sentada por el Tribunal Constitucional".

Además, añaden, la reforma de la ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al Covid-19 en el ámbito de la administración de justicia, "evidencia también una previsión del legislador estatal respecto de la utilización en el ámbito de las comunidades autónomas de este instrumento legal en la eventual adopción de medidas que puedan restringir derechos fundamentales"

Dicha ley, explica el auto, prevé "expresamente la competencia de esta Sala para la autorización o ratificación judicial de las medidas que las autoridades sanitarias de ámbito distinto al estatal consideren urgentes y necesarias para la salud pública e impliquen la limitación o restricción de derechos fundamentales cuando sus destinatarios no estén identificados individualmente".

A partir de las 00.00 horas del domingo 9 de mayo se eliminarán las limitaciones en las ZBS de Alcalde Bartolomé González (Móstoles), Silvano (Hortaleza) y Villa de Vallecas (Villa de Vallecas) y en las localidades de Manzanares el Real y San Agustín del Guadalix.

Por su parte, se mantienen perimetradas hasta las 00:00 horas del lunes 17 de mayo las ZBS de Vicente Muzas (Hortaleza), Daroca y Ghandi (Ciudad Lineal), General Fanjul (Latina), Castelló (Salamanca), Barajas (Barajas), Chopera (Arganzuela), Reyes Católicos (San Sebastián de los Reyes), Las Ciudades y Las Margaritas (Getafe), Las Rozas (Las Rozas), Majadahonda (Majadahonda) y La Princesa (Móstoles).

Se incorpora como nueva zona confinada la de Leganés Norte (Leganés), con la movilidad restringida hasta las 00.00 horas del lunes 24 de mayo.

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