LÍNEA EDITORIAL

El Supremo lo deja bien claro

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha revisado la sentencia del 'Procés' tras la reforma del Código Penal que deroga el delito de sedición y modifica el de malversación

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El Supremo lo deja bien claro

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha revisado la sentencia del “Procés” tras la reforma del Código Penal que deroga el delito de sedición y modifica el de malversación. De manera muy relevante, el Tribunal niega que la sedición pueda reflejarse ahora en el nuevo delito, denominado de “desórdenes públicos”, y subraya que todo intento de reducir el tipo del delito para equipararlo a simples movilizaciones o algaradas desenfoca el problema. Para la Sala es indudable que los hechos del “Procés” fueron algo más que un atentado contra la paz pública. Se trataba de subvertir el orden constitucional de manera estable y coordinada, a pesar de las reiteradas advertencias de los tribunales, para lograr el objetivo de la independencia.

El auto del Supremo advierte que la reforma deja un vacío normativo que puede dejar impunes los procesos secesionistas en los que no se actúe con violencia flagrante, de modo que la deslealtad institucional y el menosprecio a las bases de la convivencia no serían susceptibles de tratamiento penal. En cuanto a la malversación, el Supremo rechaza aplicar a los procesados la modificación de este delito que implica rebajas en las penas de prisión e inhabilitación, porque considera que el delito cometido fue estrictamente el de malversación de caudales públicos para una actividad contraria a la ley. El pacto alcanzado entre Sánchez y ERC para resolver el horizonte penal de los líderes del “Procés” no ha servido de gran cosa, lo que ha provocado furiosos ataques de los independentistas contra los jueces, que no pueden esperar ser defendidos por este Gobierno.

Visto en ABC

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