LINEA EDITORIAL
La objeción de conciencia no está suficientemente garantizada
El derecho a la objeción de conciencia es uno de los indicadores más evidentes del respecto a la dignidad de las personas y de las profesiones

La objeción de conciencia no está suficientemente garantizada
Madrid - Publicado el - Actualizado
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El Comité de Bioética de España ha elaborado un Informe sobre “La objeción de conciencia en relación con la prestación de ayuda a morir” en el que se concluye que la Ley de la Eutanasia, que acaba de entrar en vigor, contiene una regulación excesivamente restrictiva del derecho a la objeción de conciencia del personal sanitario. El Comité de Bioética es un organismo consultivo del Estado que fue obviado por el Gobierno en la tramitación parlamentaria de la ley, afirma que existen lagunas sobre un derecho básico que afecta a la autonomía y dignidad de la profesión médica. Además, los expertos bioéticos aclaran que no se puede considerar la eutanasia como un acto médico, dado que no tiene como fin mejorar la salud del paciente sino acabar con su vida.
El derecho a la objeción de conciencia es uno de los indicadores más evidentes del respecto a la dignidad de las personas y de las profesiones. Reconocido en el artículo 16 de la Constitución española y en las declaraciones universales sobre derechos fundamentales, es uno de los límites más evidentes frente a un poder abusivo del Estado y a su pretensión de invadir los ámbitos de la vida de las personas y del ejercio profesional. El reconocimiento adecuado del derecho a la objeción de conciencia es un parámetro fundamental para valorar el desarrollo moral de una sociedad. Que la Ley de la Eutanasia no reconozca y ampare la objeción de los médicos de forma clara y suficiente es un argumento más para denunciar una ley injusta y dañina para la convivencia social.