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El Tribunal Supremo exige a Sanidad actuar para distribuir eficazmente medios a sanitarios

El Tribunal Supremo ha ordenado a Sanidad adoptar "todas las medidas a su alcance" para conseguir la "mejor distribución" de los medios de protección

El Tribunal Supremo exige a Sanidad actuar para distribuir eficazmente medios a sanitarios

 

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 16:09

El Tribunal Supremo ha ordenado al Ministerio de Sanidad adoptar "todas las medidas a su alcance" para conseguir la "mejor distribución" de los medios de protección contra el coronavirus entre los profesionales sanitarios e informar cada quince días de las medidas adoptadas.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal ha denegado la medida cautelar solicitada por la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) para que instara a Sanidad a proveer con carácter urgente a todos los centros sanitarios de una serie de medidas de protección contra el virus.

Sin embargo, ha acordado adoptar otra medida cautelar propia por la que requiere además al Ministerio que actúe para conseguir la mejor distribución de los medios de protección y que le informe quincenalmente de las medidas adoptadas, de los medios puestos a disposición del personal sanitario y la distribución de los mismos entre las comunidades autónomas. 

Para adoptar estas medidas, la Sala de lo Contencioso Administrativo ha tenido en cuenta el interés público de preservar el derecho fundamental a la integridad física y a la salud de los profesionales sanitarios y de los pacientes a quienes asisten.

El Supremo ha tomado esta decisión sin entrar a valorar si existe o no inactividad por parte de la Administración, como alegaban los recurrentes, un asunto que se decidirá más adelante, al dictar sentencia.

Los magistrados han dictado su auto tras conocer las alegaciones del abogado del Estado, que se ha opuesto, al igual que la Fiscalía a la petición de CESM.

La Abogacía del Estado ha aportado documentación justificativa de la gestión realizada antes y después del estado de alarma, "una actividad intensa, incesante, diligente, pública y publicada para dotar de medios y productos necesarios para afrontar la crisis sanitaria", materializada en la "búsqueda y adquisición" de medios y en coordinación con las comunidades autónomas para distribuirlos.

Pero pese a dicha actuación alegada por la Administración, la Sala admite que "es notorio que los profesionales sanitarios no han contado con todos los elementos de protección necesarios" y que los derechos a la integridad física y a la salud de los profesionales sanitarios requieren "toda la tutela posible" en estos momentos "excepcionales".

Por ello, una vez constatado que no se ha podido alcanzar la "plena efectividad" en la distribución de los medios de protección a los profesionales sanitarios, requiere a Sanidad que "emprenda de inmediato las actuaciones precisas para superar las carencias apreciadas y hacer realidad el objetivo allí previsto".

La CESM acudió al Supremo al considerar vulnerados una serie de derechos de los profesionales sanitarios ante la, a su juicio, "inactividad" del Ministerio de Sanidad por "incumplimiento" del real decreto que impuso el estado de alarma por no haber proporcionado una serie de material de protección a los centros.

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