ADMINISTRACIÓN IGUALDAD

El Supremo avala el III Plan para la Igualdad de Género en la Administración

El Tribunal Supremo ha avalado el III Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado, aprobado por el Gobierno en diciembre de 2020, que incorpora por primera vez indicadores de impacto para conocer tanto el grado de ejecución como la eficacia de las medidas adoptadas.

Agencia EFE

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El Tribunal Supremo ha avalado el III Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado, aprobado por el Gobierno en diciembre de 2020, que incorpora por primera vez indicadores de impacto para conocer tanto el grado de ejecución como la eficacia de las medidas adoptadas.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal ha dictado una sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, en la que desestima el recurso presentado por CCOO, que no suscribió el Plan por considerar irregulares el proceso de elaboración y su contenido denunciando que no fue objeto de negociación colectiva.

CCOO interpuso este recurso para "tratar de revertir la discriminación" que produce que el Gobierno haya establecido que las medidas a las que la Ley de Igualdad obliga a las empresas no son de aplicación a su propia Administración.

El sindicato criticó la "falta de negociación, objetividad y transparencia" en el desarrollo del plan que a lo que se limita es "a sacar con prisas un documento plagado de intenciones y deseos, pero sin un compromiso claro y contundente con las necesidades reales para avanzar en la igualdad".

Pero el Supremo considera que sí hubo "una negociación real" sobre el III Plan entre la Administración y los representantes de los empleados públicos señalando que "no se aprecia ni la ausencia de procedimiento por su carencia absoluta, ni tampoco por la falta de uno de sus elementos esenciales, como es la negociación".

"De manera que su aprobación no incurre en un vicio de invalidez determinante de la nulidad del III Plan, ni acarrea la invalidez del procedimiento de elaboración", añaden los magistrados.

El Supremo responde a CCOO que "la circunstancia de no haberse asumido algunas de las posiciones del sindicato recurrente, al pretender un contenido más desarrollado, más amplio, más específico, más profundo, o simplemente distinto del finalmente aprobado respecto del citado III Plan, no comporta ni la falta de negociación, ni la concurrencia de infracciones normativas determinantes de la invalidez de la actuación administrativa".

A diferencia de los dos planes anteriores, este plan - suscrito con los sindicatos CSIF, UGT y CIG en la Mesa de Negociación de la AGE el 30 de noviembre de 2020- incluye solo medidas de carácter transversal a fin de que los diferentes departamentos ministeriales y organismos dependientes puedan desarrollar medidas específicas basadas en sus criterios y acciones comunes.

Entre las actuaciones incluidas están hacer estudios con perspectiva de género, hacer de la Administración General un espacio libre de violencia de género en el ámbito laboral, formar y sensibilizar al personal en la igualdad, diseñar un plan formativo en igualdad, captar y retener talento femenino, y crear las condiciones para acabar con la brecha retributiva.

Asimismo, apuesta por reequilibrar situaciones desfavorables para las mujeres como son las excedencias por agrupación familiar o los permisos para personas con familiares a cargo, por fomentar la formación y el acceso a promoción interna.

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