GUARDIA CIVIL

El Supremo avala el Código de Conducta de la Guardia Civil

El Tribunal Supremo ha avalado el Código de Conducta de la Guardia Civil al argumentar que carece de efectos sancionatorios porque solo fija las pautas del comportamiento de los agentes y no contradice normas de rango superior.

Agencia EFE

Publicado el - Actualizado

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El Tribunal Supremo ha avalado el Código de Conducta de la Guardia Civil al argumentar que carece de efectos sancionatorios porque solo fija las pautas del comportamiento de los agentes y no contradice normas de rango superior.

La Sala de lo Contencioso ha dictado una sentencia que rechaza el recurso de la Asociación Profesional Justicia Guardia Civil (JUCIL) contra el real decreto 176/2022 por el que se aprobó el Código de Conducta del personal de la Guardia Civil.

JUCIL argumentaba que este Código establece unas normas de comportamiento para los agentes que van más allá de las funciones que le son propias por su condición profesional y que contradice otras normas de rango superior, como la ley orgánica que regula los derechos y deberes de los guardias civiles, invadiendo esferas personales e íntimas de estas personas que no pueden verse privadas de los derechos que les asisten como ciudadanos.

Pero la Sala explica que el Código carece de efectos sancionatorios pues inequívocamente se limita a fijar las pautas que deben guiar el comportamiento del personal de la Guardia Civil.

Dicen los magistrados que "no basta con lanzar al Tribunal un conjunto de argumentaciones sobre que una norma reglamentaria contraviene el ordenamiento jurídico, sino que es preciso justificar una contravención de norma de superior rango a fin de mostrar la infracción que se aduce".

La Sala explica que la reiteración en el Código de Conducta de preceptos ya reflejados en otras normas de superior rango, "si bien es una técnica legislativa no muy satisfactoria, no comporta infracción ni atenta al principio legal de buena regulación".

Para la Sala tampoco puede entenderse que el Código de Conducta sobre neutralidad ideológica y política entre en contradicción con la ley que regula los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, en el aspecto de la neutralidad e imparcialidad.

La sentencia explica que tienen como cualquier ciudadano el derecho a elegir cuando ejerzan su derecho de voto la opción que estimen oportuna, pero que en el ejercicio de su actividad profesional, la ley les conmina a la neutralidad política.

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