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Las mascarillas son obligatorias desde hoy: cómo y cuándo deben usarse

Son obligatorias para toda la población mayor de 6 años en lugares públicos, aunque con excepciones

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Tiempo de lectura: 4'Actualizado 21 may 2020

El uso de mascarillas es obligatorio desde este jueves en espacios cerrados y en la calle cuando no se pueda garantizar una distancia mínima de dos metros para los mayores de seis años y recomendable para los niños de entre 3 y 5 años.


El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este miércoles la orden del Ministerio de Sanidad que regula el uso generalizado de las mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier lugar cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad.

El Ejecutivo advierte que su utilización está justificada "no solo por su alta transmisibilidad, también por la capacidad que han demostrado para bloquear la emisión de gotas infectadas, muy importante cuando no es posible mantener la distancia de seguridad".

Recuerdan además que es necesario seguir un principio de precaución que permita continuar por la senda de la reducción de los casos de contagio de la enfermedad en España, principalmente cuando no se dispone de otras medidas como la vacunación.

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QUIÉNES DEBERÁN LLEVARLA Y EXCEPCIONES

La orden especifica que quedan excluidos del uso de la mascarilla los niños menores de seis años. Eso sí, su utilización es "recomendable" para los niños de entre tres y cinco años.

Entre las excepciones también se cuentan las personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla y personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados.

Además no estarán obligados a su utilización aquellos que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

Su uso tampoco será obligatorio en el desarrollo de actividades en las que, por su propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla como, por ejemplo, la ingesta de alimentos y bebidas. Por último, esta orden exime de la utilización de protección a las personas que aludan a causas de fuerza mayor o a una situación de necesidad.

Aunque la orden no especifica todas las "actividades incompatibles", ir en bici y correr se incluirían entre ellas, según fuentes del ministerio de Sanidad, que señalan que también están exentas todas aquellas actividades deportivas al aire libre que requieran tal esfuerzo que dificulten la respiración.


OBLIGATORIAS PERO NO GRATUITAS, ¿CUÁLES ACONSEJA SANIDAD?

El ministerio recomienda las higiénicas, que se pueden limpiar y desinfectar aunque no las podemos utilizar más de cuatro horas seguidas y las quirúrgicas que no son reutilizables, tienen un precio máximo de 96 céntimos y se pueden comprar en farmacias y supermercados. Ambas deben de cubrir nariz y boca.

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Las mascarillas quirúrgicas, como su propio nombre indica son utlizadas por el personal sanitario, si bien en los tiempos que corren recurren a ellas buena parte de la población. Son desechables.

Luego están las mascarillas no médicas, que incluyen varias formas de mascarillas, están hechas de tela, otros textiles u otros materiales como el papel. Entre ellas se encuentran las mascarillas higiénicas, que aunque no estén destinadas a profesionales sanitarios, su proceso de fabricación sigue unas especificaciones técnicas prefijadas. Las hay reutilizables (especificación técnica UNE 0065:20202 ) o no reutilizables (especificaciones técnicas UNE 0064-1:20203 y UNE 0064-2:20204 ).

SANCIONES

Las fuerzas de seguridad podrán sancionar a las personas que no la lleven puesta, aunque durante los primeros días, las fuerzas de seguridad potenciarán la función pedagógica, según informan fuentes de Interior.

Si el incumplimiento se produce en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, se pedirá a esas persona que abandone dicho espacio, pero si no atiende a ese requerimiento, se podrá levantar una propuesta de sanción por la vía del artículo 36.6 de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana.

¿SABES CÓMO USARLA CORRECTAMENTE?

Si se desea conservar la mascarilla para un segundo uso, debe guardarse en una bolsa transpirable o un sobre de papel (teniendo en cuenta que la parte limpia es la que llevamos pegada a la cara y la sucia es la parte externa que no debemos tocar), pero nunca en el bolso o bolsillo, ya que son un vector de contaminación.

La mascarilla debe cubrir la boca, la nariz y la barbilla y todo lo que no sea llevarla así, como ponerla por debajo de la nariz, en la barbilla o en la frente, es un mal uso. Además, es muy importante saber que no se debe quitar para hablar, toser o estornudar.

El ministerio de Sanidad ha publicado en su cuenta de Twitter las siguientes indicaciones:


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