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Las claves de la sentencia de los ERE: ¿qué diferencias hay entre prevaricación y malversación?

El tribunal asegura que Griñán y Chaves fueron plenamente conscientes de la palmaria ilegalidad de los actos en los que participaron

Las claves de la sentencia de los ERE: ¿qué diferencias hay entre prevaricación y malversación?

Julio Muñoz

Patricia Rosety
@patriciarosety

Jefa de Tribunales

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 15:43

El expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla a seis años de cárcel y 15 años de inhabilitación en la conocida como 'pieza política' de la causa judicial sobre los expedientes de regulación de empleo (ERE), mientras que su antecesor en el cargo, Manuel Chaves, ha sido condenado a nueve años de inhabilitación.

Así lo recoge la sentencia que ha dado a conocer este martes el tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla pasado casi un año desde el final del juicio y cerca de nueve desde que la juez Mercedes Alaya iniciase la instrucción de la causa.

La clave de la sentencia está en los delitos: malversación y prevaricación. El delito de malversación conlleva pena de cárcel, hasta 8 años, en función del daño causado, del dinero sustraído, y la prevaricación conlleva inhabilitación. En el caso de José Antonio Griñán, la Fiscalía pedía 6 años de cárcel y son los que ha impuesto el tribunal, además de inhabilitación. Y en el caso de Manuel Chaves, la fiscalía pedía 10 años de inhabilitación por prevaricación, y le han impuesto 9.

Los dos fueron presidentes de Andalucía, pero, además, Griñán fue consejero de Economía y Hacienda, y por su cargo participaba en la elaboración de presupuestos. En esa Consejería se aprobaban las subvenciones de los ERE a través de transferencias de financiación. Las concedía la Consejería de Empleo. Un sistema que se justificó con la necesidad de agilizar las ayudas y reducir la burocracia. La Intervención General de la Junta expresó sus dudas en quince ocasiones ante la Consejería que dirigía Griñán, pero nunca se emitieron informes en contra del procedimiento. Era destinatario de los informes de control financiero de las empresas públicas y tuvo conocimiento de las deficiencias detectadas, según la sentencia.

El tribunal asegura que Griñán y Chaves fueron plenamente conscientes de la palmaria ilegalidad de los actos en los que participaron, y no lo evitaron. La decisión de dar ayudas era una decisión del gobierno en su conjunto.

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