TERRORISMO ETA

El fiscal combate la prescripción de un atentado para poder juzgar a Natividad Jáuregui

La Fiscalía ha pedido al Tribunal Supremo que revoque el archivo de la investigación contra Natividad Jáuregui sobre el atentado de ETA contra el teniente coronel Ramón Romeo Rotaeche, perpetrado en 1981 en Bilbao, al discrepar de la Audiencia Nacional y considerar que los hechos no han prescrito.

Agencia EFE

Publicado el - Actualizado

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La Fiscalía ha pedido al Tribunal Supremo que revoque el archivo de la investigación contra Natividad Jáuregui sobre el atentado de ETA contra el teniente coronel Ramón Romeo Rotaeche, perpetrado en 1981 en Bilbao, al discrepar de la Audiencia Nacional y considerar que los hechos no han prescrito.

Tanto el ministerio público como la acusación particular que ejerce la familia de la víctima han anunciado ante el Supremo sus respectivos recursos de casación contra la decisión de la Audiencia Nacional de archivar el caso contra ella al considerar los hechos prescritos y dejarla en libertad con medidas cautelares.

Según informan a EFE fuentes jurídicas, ambas acusaciones creen que la resolución de la sección segunda de lo Penal de la Audiencia incurre en infracción de ley y, además de rechazar que los hechos estén prescritos, estiman que esto es algo que se debería determinar en sentencia.

Natividad Jáuregui salió en libertad hace un par de semanas después de tres años en prisión preventiva desde que fue entregada por Bélgica para ser juzgada por este atentado tras más de 30 años huida, aunque sobre ella se mantiene la prohibición de no salir del país, entre otras medidas.

El fiscal ya discrepó de que el atentado hubiese prescrito para Jáuregui en una vista celebrada en la Audiencia Nacional, en la que defendió que existen "imputaciones perfectamente formalizadas de otros coimputados" que la implican y que constan en "resoluciones de reapertura" del procedimiento "que tienen virtualidad para interrumpir la prescripción".

También discrepa con la Audiencia la acusación particular, que cree que hay elementos en el procedimiento que interrumpieron el periodo de prescripción y que Jáuregui debe sentarse en el banquillo por el atentado.

El asesinato del teniente coronel de Artillería se produjo el 19 de marzo de 1981 en la basílica de Begoña de Bilbao, de modo que, según explicó la Audiencia, la prescripción tendría lugar 20 años más tarde a no ser que se hubiese producido alguna actuación judicial que pudiera interrumpirla.

Los magistrados consideraron que en ese tiempo "no existe" ninguna "resolución motivada" que atribuyese a Jáuregui haber participado en el atentado como miembro del comando Vizcaya hasta el auto de procesamiento, dictado en 2005, cuatro años después de prescribir el delito.

Y eso que, "desde al menos 1987", el juzgado, gracias a informes policiales, conocía "todos los sospechosos que integraban el comando Vizcaya" y dispuso también de la declaración del etarra Enrique Letona, que implicaba a Jáuregui en el atentado, si bien "se limitó" a citarle y acabó archivando el sumario tras negarse éste a declarar.

En su auto, el tribunal puso de relieve la "ausencia de voluntad judicial instructora" del juzgado, entonces dirigido por Baltasar Garzón, que se limitó a llamar a declarar a Letona, y consideró que su mención a Jáuregui en el atestado policial no es suficiente para interrumpir la prescripción.

Visto en ABC

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