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Confirman una multa a Miguel Bosé por tratar de deducirse gastos como la compra de ibéricos

También habría intentado incluir los gastos asociados al renting de un vehículo y otros gastos relativos a reparaciones de diversos automóviles, todos ellos rechazados.

Miguel Bosé. Archivo

Tiempo de lectura: 1'Actualizado 08:59

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado dos recursos presentados por el cantante Miguel Bosé contra una resolución judicial por intentar deducirse gastos personales como gastos de empresa, entre ellos la compra de jamones, y el músico deberá pagar una multa de más de 23.000 euros.

Bosé, a través de la empresa Costaguana S.L. --sociedad dedicada a la gestión de las actividades artísticas del cantante--, interpuso recurso contra sendas resoluciones del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid.

La sentencia confirma que el cantante intentó incluir como gastos de esta sociedad algunos gastos personales, como la compra de productos ibéricos (jamón o lomo), la instalación de un circuito cerrado de televisión o reparaciones en el jardín de su vivienda.

Además, también intentó incluir los gastos asociados al renting de un vehículo Audi y otros gastos relativos a reparaciones de diversos automóviles, todos ellos rechazados.


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