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Absuelven a los acusados de estafar sirviéndose de "Goyas" falsos

La Audiencia de Madrid ha absuelto a cinco socios de una empresa que habían sido acusados de estafar a un hombre para que invirtiera en su sociedad medio millón de euros haciéndole creer que contaban con cuadros de Goya que realmente eran falsos.,En una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, la Audiencia absuelve a Joaquín F.R, Salvador F.R, Teófilo G.M, Mónica G.M y Luis Jaime P.E, para quines la Fiscalía pedía penas de prisión de 3 años, y a Juan Ramón T.T, acusado sol

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 14:45

La Audiencia de Madrid ha absuelto a cinco socios de una empresa que habían sido acusados de estafar a un hombre para que invirtiera en su sociedad medio millón de euros haciéndole creer que contaban con cuadros de Goya que realmente eran falsos.

En una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, la Audiencia absuelve a Joaquín F.R, Salvador F.R, Teófilo G.M, Mónica G.M y Luis Jaime P.E, para quines la Fiscalía pedía penas de prisión de 3 años, y a Juan Ramón T.T, acusado solo a instancias de la víctima.

La Sala considera probado que dos de los acusados de un delito de estafa propusieron al inversor a finales de 2012 formar parte de la empresa de la que eran miembros con la finalidad de comprar un hotel para remodelarlo y convertirlo en un hospital.

Así, en 2013 comunicaron al inversor que otros dos de los acusados se habían unido a la sociedad al aportar al capital social cuatro cuadros de Goya con un valor de 10 millones de euros, lo que había sido acreditado por el catedrático en Historia del Arte Juan Ramón T.T.

Convencido de la fiabilidad de la empresa, el inversor realizó en abril de 2013 dos transferencias a otras sociedades de los acusados por importe de 250.000 euros cada una de ellas para adquirir acciones del hotel.

Una vez realizadas las transferencias, el inversor sospechó de que los cuadros podrían ser falsos, lo que confirmó después la Brigada de Delitos contra el Patrimonio.

No obstante, el tribunal ha considerado probado que los acusados sí tenían intención de convertir el hotel en un hospital. En concreto, la sentencia explica que Luis Jaime P.E "ya había realizado trámites".

El tribunal ha considerado que, con las pruebas que se practicaron en el juicio -en el que los acusados solo respondieron a sus defensas- "se pone de manifiesto, fundamentalmente y con independencia del perjuicio causado, que no consta que actuaran con la intención inicial de defraudar al querellante".

Los motivos que da la Sala son dos. Primero, que "no es tan patente para una persona profana en la materia determinara que los cuadros eran falsos" y, segundo, que "el proyecto, aunque no llegó a buen fin por la falta de inversores, no era ficticio".

Por todo ello, el tribunal ha dictado una sentencia absolutoria a los seis acusados al entender que no se cumplen los requisitos del delito de estafa, si bien ha recordado el derecho del querellante de reclamar los 500.000 euros invertidos en la vía civil.

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