JUNTA ELECTORAL

El magistrado Antonio Jesús Fonseca-Herrero preside la nueva Junta Electoral

El magistrado Antonio Jesús Fonseca-Herrero ha sido elegido como presidente de la nueva Junta Electoral Central (JEC), que se ha constituido este jueves en el Congreso de los Diputados con la también magistrada Inés Huerta Garicano como vicepresidenta.,El Congreso de los Diputados ha informado en un comunicado de la composición de la renovada Junta Electoral Central, que tendrá que arbitrar y regular los comicios del 10 de noviembre, un proceso electoral inédito, pues será

Agencia EFE

Publicado el - Actualizado

1 min lectura

El magistrado Antonio Jesús Fonseca-Herrero ha sido elegido como presidente de la nueva Junta Electoral Central (JEC), que se ha constituido este jueves en el Congreso de los Diputados con la también magistrada Inés Huerta Garicano como vicepresidenta.

El Congreso de los Diputados ha informado en un comunicado de la composición de la renovada Junta Electoral Central, que tendrá que arbitrar y regular los comicios del 10 de noviembre, un proceso electoral inédito, pues será el primero guiado por la nueva disposición adicional séptima de la Ley Orgánica del Régimen Electoral, la LOREG.

De la nueva Junta Electoral forman parte cinco vocales designados y avalados por el Congreso una vez ratificó las propuestas de los grupos parlamentarios, así como ocho magistrados designados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), entre ellos el presidente y la vicepresidenta.

Los vocales designados por el Congreso serán Juan Montabes, Consuelo Ramón, Inés Olaizola, Silvia del Saz y Carlos Vidal, todos ellos catedráticos de Derecho o de Ciencias Políticas y Sociología.

José Luis Seoane Spiegelberg, Francisco José Navarro, Antonio Vicente Sempere, Eduardo de Porres, Ana María Ferrer y María Luz García Peredes serán los vocales elegidos por el CGPJ.

La previsión es que la semana que viene se celebre la primera reunión de trabajo de la Junta Electoral Central, que tendrá que abordar el primer proceso electoral regulado por la disposición adicional que se aprobó en 2016 en previsión de que hubiese que repetir otra vez las elecciones.

El proceso electoral en caso de repetición electoral tiene unos plazos más estrechos, una campaña más corta, de ocho días, y unas subvenciones y límite de gasto más reducidos.

Visto en ABC

Programas

Último boletín

9:00H | 31 ENE 2026 | BOLETÍN

Boletines COPE
Tracking